La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre acusado de guardar cocaína y otros elementos para su preparación en dos botes de alimentación de bebé, en un camino próximo a su vivienda.
Así lo ha resuelto la Sala de la Sección Primera en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que considera que no hay pruebas suficientes para la comisión del delito imputado, por el que el fiscal reclamaba cuatro años y multa de 8.547 euros.
El ministerio público consideraba que el procesado poseía las sustancias estupefacientes para su distribución entre consumidores, y por ello le considera autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño.
Tras el juicio se ha considerado probado que en marzo de 2021 agentes de la Guardia Civil hallaron en una finca de un barrio de Torrelavega continua a otra -y separadas por un camino- una bolsa de plástico con dos botes de papilla de bebé.
En uno había una báscula de precisión y otra bolsa con 45,24 gramos de cocaína, hojas de papel y unas tijeras. Y en el interior del segundo, otra bolsa de plástico con recortes circulares, de los empleados habitualmente para la realización de dosis para su distribución entre consumidores.
La cocaína tenía un valor en el mercado de 4.273 euros, según la resolución judicial, que señala que si bien en una de las fincas tenía establecida su residencia el investigado -mayor de edad y sin antecedentes- no ha quedado constatado que fuera el poseedor de dicha sustancia ni, por tanto, que interviniera en actos tendentes a su distribución.
Por eso, el tribunal aplica el principio 'in dubio pro reo' y absuelve al acusado, ya que de las pruebas obrantes en la causa la Sala no puede alcanzar la certeza que toda condena penal exige de que haya perpetrado el delito del que se le acusa por no haber pruebas suficientes de ello.
La sentencia no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.