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Absuelto el periodista acusado de acosar a los hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias

Irene Montero y Pablo Iglesias a su llegada al juzgado de Madrid.
Irene Montero y Pablo Iglesias a su llegada al juzgado de Madrid.

El Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid ha absuelto al periodista de OK Diario Alejandro Entrambasaguas del delito de acoso en noviembre y diciembre de 2019 a los hijos menores de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y el exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y a su cuidadora.

La Fiscalía pidió un año de prisión para el periodista al que acusó de acosar a los dos niños de 17 meses y a su cuidadora al llamar reiteradamente a esta, cuyo teléfono móvil consiguió a través de los vecinos, llamar varias veces al telefonillo de la vivienda en la que estaban los menores y entrar en zonas comunes de la urbanización, a veces con cámaras de grabación.

En su sentencia el juez entiende que la actuación del acusado no constituyó un delito pues "ni por los actos por sí mismos ni por la forma en que fueron ejecutados, ni por su número, ni por el lapso temporal en que se realizaron permite considerar la existencia de hostigamiento aunque generasen una inquietud muy relevante a la cuidadora y a los padres de los menores".

El magistrado declara probado que en octubre de 2019 el acusado tuvo conocimiento de que los hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias acudían a una vivienda de Galapagar (Madrid) donde eran cuidados por una mujer.

Pretendía investigar sobre la actividad profesional de la ciudadora

actividad profesional de la cuidadora y su relación con aquellos

Agrega que para ello se personó por primera vez en el domicilio en el que estaban los menores el 7 de noviembre de 2019 para hablar con la cuidadora para lo cual llamó al timbre en varias ocasiones, marchándose seguidamente sin conseguir su propósito.

La resolución relata que seguidamente en esos días el acusado llamó por teléfono a la cuidadora cuatro o cinco veces sin que tampoco lograra hablar con ella ya que no le respondió.

El 14 de noviembre estuvo con otra persona cerca de la puerta e la urbanización del domicilio de la cuidadora aunque no bajó del coche y el día 26 siguiente volvió al lugar donde realizó una grabación corta.

El 3 de diciembre volvió, llamó al telefonillo de la vivienda varias veces y le contestó un hombre que le dijo que no había ninguna guardería en dicho lugar, ante lo que el acusado se fue.

Para el juez la cuidadora "fue la única agraviada, es decir la única que soportó los actos de acercamiento y de comunicación no consentidos del acusado y por lo tanto la única que tenía la facultad de decidir si se abría o no un proceso penal.

Y añade que "la interposición de la querella por Irene Montero y Pablo Iglesias privó a la perjudicada de esta facultad pues ellos decidieron por ella".

Alteración en el estado de ánimo de los padres

El acusado declaró en el juicio que solo trataba de confirmar si como le comunicaron en un correo electrónico anónimo la denominada "madre de día" que cuidaba a varios niños en una urbanización de Galapagar ejercía de forma ilegal y si al lugar acudían los hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias.

Por su parte estos manifestaron que temieron por la seguridad de los niños porque no sabían hasta dónde llegaría el periodista.

Iglesias y Montero recurrirán la sentencia

"duele en el alma la impunidad"

También recalca que la resolución del juez del Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid, David Mamán, se adopta contra el criterio de la Fiscalía, que pedía una pena de un año de prisión.

Por otro lado, diversos dirigentes de Unidas Podemos han criticado la sentencia y han enviado mensajes de apoyo tanto a Iglesias como a la titular de Igualdad.

2022-02-17T13:34:02+01:00
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