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Acepta su expulsión por cortar la cara con un vaso a un conocido en el Casco Viejo de Pamplona

La Audiencia condena a un joven gambiano a cuatro años de prisión por una agresión en la Estafeta y saldrá del país al cumplir un tercio de la pena
Dos policías municipales, en la calle Estafeta.
Dos policías municipales, en la calle Estafeta.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado en la mañana de este miércoles por un delito de lesiones a un joven, Mohambo T., con antecedentes penales y que se encuentra en prisión provisional, a cuatro años de prisión después de haber provocado dos cortes en la cara a un conocido con el que tenía una mala relación.

La condena ha sido aceptada de conformidad, con la condición de que el acusado será expulsado del país cuando cumpla un tercio de la pena que ha aceptado. Igualmente, deberá indemnizar a la víctima con 900 euros por las lesiones causadas y otros 14.000 euros por las secuelas que sufre.

El relato de hechos probados que ha aceptado el encausado expone que "sobre las 4.45 horas del 30 de octubre del 2022, el acusado, natural de Gambia y con residencia irregular, se encontró en las inmediaciones de la calle Estafeta de la capital navarra con la víctima, con quien al parecer había tenido alguna diferencia anterior. Así, con animo de causar un perjuicio personal, rompió un vaso y sin mediar palabra se dirigió al mismo asestándole dos cortes en la cara .

Como consecuencia de los hechos, el herido, de 47 años, tuvo lesiones consistentes en heridas inciso contusa a nivel facial derecho (herida en mejilla-pómulo de 12 centímetros en zigzag y herida en mandíbula de 5 centímetros de profundidad), que precisó tratamiento médico quirúrgico para su curación estando dos días ingresado y teniendo 13 días de perjuicio moderado.

Como secuelas, a la víctima le queda una cicatriz intensamente hipertrófica e hipercrónica muy aparente de unos 12 centímetros en zigzag en mejilla- pómulo derecho y otra cicatriz en la zona de la mandíbula, así como una menos visible en la mejilla derecha. La sentencia recoge que son cicatrices con un grado de visibilidad ordinaria del 100% y suponen cierto detrimento de su autovaloración física y causan un perjuicio estético moderado.

2023-03-09T12:19:04+01:00
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