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Política

Admitida a trámite una querella contra directivos de la SGAE por presunta falsificación de votos

Una jueza de Madrid admite la personación de la sociedad como perjudicada e investigará a varios dirigentes que podrían "verse relacionados con el delito"
Fachada de la sede de Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
Fachada de la sede de Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

La jueza de Madrid Carmen Valcarce ha acordado admitir a trámite la querella interpuesta por el ex secretario general de la SGAE Eduardo Ezpondaburu contra distintos cargos directivos de la entidad, entre los que se encuentra su presidente, Antonio Onetti, y el director general, Adrián Restrepo, a los que acusa de falsificar votos en las asambleas y de cometer irregularidades al facturar servicios y deducir ingresos.

En un auto de este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, la titular del Juzgado de Instrucción Número 5 de Madrid da curso de forma parcial a la querella y accede a investigar el presunto delito de falsificación cometido en el seno de la sociedad, aunque descarta indagar en los supuestos delitos de usurpación de la personalidad civil y en el de administración desleal.

La magistrada, que ha acordado la personación como perjudicada de la propia SGAE, señala que admite la querella contra los dirigentes denunciados "al considerar que directa o indirectamente por el cargo que ocupan en la SGAE han podido verse relacionados con el delito de falsedad denunciado".

Ezpondaburu se refiere con su querella, según explicó la Fiscalía, a hechos ocurridos entre los años 2020 y 2021 con la gestión de la SGAE por la dirección, "principalmente con la presunta falsificación de votos para ser utilizados en las votaciones de la Asamblea, así como en las irregularidades incurridas" por la cúpula de la entidad en "la facturación de determinados servicios, así como en relación con la aplicación y deducción de determinados ingresos percibidos por la sociedad".

La instructora rechazó en abril admitir la querella de Ezpondaburu al apreciar que no podía actuar como acusación particular en el procedimiento por no tener la condición de socio de la SGAE, a quienes denunció por los presuntos delitos de usurpación de estado civil y falsedad documental.

El propio Ezpondaburu recurrió esta decisión y fue respaldado por la Fiscalía, que instó a la jueza a que le permitiese actuar como acusación popular para "no vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva".

LOS VOTOS EN LA ASAMBLEA

Respecto al delito de falsificación, la jueza señala que el ex secretario general dijo haber "aportado en la comisaria donde inicialmente denunció" un informe elaborado por detectives. No obstante, la magistrada asegura que solo obra un "informe sobre la falsificación de votos en la asamblea" sin que se conozca "el autor del mismo al no estar firmado por nadie".

"Igualmente en esa denuncia se manifiesta que se está realizando un informe pericial con las firmas aportadas que todavía no está terminado, pero a pesar del tiempo transcurrido tampoco lo aporta en la querella", apunta.

Pese a ello la jueza considera que "procede admitir la querella para la instrucción del presunto delito de falsificación respecto a los votos delegados de la citada asamblea".

En relación al presunto delito de administración desleal, la jueza explica que la SGAE se rige "por sus acuerdos, bien asamblearios o por su órgano directivo en base a sus competencias". En este contexto, no considera "factible en el presente procedimiento efectuar una indagación prospectiva de las cuentas sociales". "Más cuando no consta en la querella más que afirmaciones, ningún indicio de la ilegalidad de dichos pagos, ni se ha requerido a la SGAE o a sus directivos explicaciones sobre los mismos", añade.

"NINGUNA PRUEBA INDICIARIA"

Así las cosas la magistrada asegura que no se debe "olvidar que el querellante ha sido secretario general de la SGAE por lo menos hasta el 26 de julio de 2021", habiendo "solucionado las discrepancias en cuanto al reparto de determinadas cantidades" con un acuerdo posterior.

"Igual se puede alegar respecto a los créditos concedidos a diferentes personas y que, al parecer, según se manifiesta, no se reclaman. Es necesario considerar que los créditos que se relatan se concedieron en el año 2007 y 2011; es indudable que en esa época eran otros los miembros del órgano directivo de la SGAE, entre ellos el señor José Miguel Fernández Sastrón, hoy denunciante, sin que se acredite nada de lo alegado o las razones, si es cierto, de la no exigibilidad de ese o, es de suponer, de otros prestamos que la SGAE hace a sus miembros", explica.

A este respecto, la jueza incide en que Ezpondaburu amplió "su denuncia inicial a raíz de dejar el cargo de secretario general" pero, "sin embargo", no ha aportado "ninguna prueba indiciaria en relación a los delitos que amplia que permita la admisión de la querella respecto a ellos".

Por último, y en relación con el delito continuado de usurpación de la personalidad civil, la magistrada descarta investigarlo argumentando "que los querellados no han querido suplantar a los socios en las facetas de su vida, sino sencillamente presuntamente falsificar unos votos para que las elecciones le fueran favorable".

2022-10-29T14:03:03+02:00
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