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Al menos nueve audiencias provinciales se desmarcan de la Fiscalía y fijan revisar las penas a agresores sexuales

Otras tres audiencias optan por no rebajar las condenas cuando las viejas penas puedan aplicarse con la nueva ley
Imagen de archivo de una concentración contra una agresión sexual.
Imagen de archivo de una concentración contra una agresión sexual.

Al menos nueve audiencias provinciales ya se han pronunciado a favor de aplicar en las revisiones de condenas de agresores sexuales el criterio más favorable al reo tras la entrada en vigor de la conocida como ley del 'sólo sí es sí'. La última en sumarse ha sido la Audiencia de Almería.

Esto contrasta con el criterio marcado la semana pasada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien dictó un decreto para los fiscales estableciendo que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja "automática" de condenas.

El presidente de la Audiencia de Almería, Luis Columna, ha explicado a la prensa que, tras la reunión interna celebrada este lunes, han acordado que se tendrá en cuenta la ley más beneficiosa para los condenados porque, a su juicio, la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal (CP) --que permitiría modular esta premisa-- "no es aplicable a este caso".

Columna ha sostenido que "se deben revisar todas aquellas causas aunque la pena que esté impuesta se vuelva a imponer con la nueva ley", lo que les llevará a reexaminar unos 70 procedimientos en los que, además, ha avanzado que se escuchará a las víctimas, hayan sido parte del proceso o no.

En los últimos días, las audiencias provinciales de Madrid, Valladolid, Granada, Córdoba, Málaga, Zaragoza y Alicante también han unificado criterio en diferentes cónclaves y todas ellas han coincidido en seguir apostando por rebajas de penas para ajustarlas al nuevo marco legal y, se deduce, sin tener en cuenta dicha disposición transitoria.

En el caso de Alicante, la Junta de magistrados de las seis secciones penales de la Audiencia Provincial ha acordado revisar las sentencias firmes en las que el penado esté cumpliendo la pena o pendiente de cumplirla y aplicar "la disposición legal más favorable al reo en cada caso, sin hacer una nueva individualización de la pena", según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Por su parte, la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido aplicar esas revisiones tras someter a votación el asunto. El resultado ha sido 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones.

En el caso de la Audiencia Provincial de Valladolid, su presidente, Javier Carranza, ha señalado que ellos revisarán caso por caso aquellas sentencias en las que, con carácter retroactivo, pudiera aplicarse la nueva reforma del Código Penal a los condenados.

 BIZKAIA Y ZARAGOZA

En los últimos días también se han reunido los magistrados de las tres secciones penales de la Audiencia Provincial de Bizkaia, bajo la presidencia de Reyes Goenaga, y han acordado revisar de oficio todas las condenas de agresores sexuales en base a la nueva ley.

Eso sí, con la excepción de los casos en los que los penados hayan obtenido la suspensión de la condena y no se encuentren en prisión. Las revisiones se harán caso por caso, se solicitará la opinión de todas las partes implicadas, y se evitará a las víctimas no personadas "trámites inútiles que les puedan perjudicar".

Por su parte, el pasado 22 de noviembre --un día después de que la FGE fijara su criterio-- el presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Alfonso Ballestín, indicó que tras reunirse con el resto de magistrados para fijar posición, se decantaban por aplicar la norma más favorable al penado en atención al artículo 2 del Código Penal.

Así, explicaba que cuando se haya impuesto la pena máxima "habría que poner la máxima de la actual reforma y rebajar la parte correspondiente". En cuanto a las mínimas, dijo: "Si ahora es inferior, aplicaremos la norma actual porque consideramos que es más favorable al reo que la anterior".

MÁLAGA, CÓRDOBA, GRANADA Y EL CASO ASTURIANO

Las cinco secciones penales de la Audiencia de Málaga también han informado de que comienzan a analizar de oficio sentencias para ver si procede o no realizar una revisión tras la ley del 'solo sí es sí'. Han advertido de que se hará estudiando "caso por caso".

La presidenta de esa audiencia, Lourdes García Ortiz, ha explicado a los periodistas que lo primero que se hará es analizar las causas en ejecución de penados que están cumpliendo su condena "para ver si es susceptible de ser revisada o no con respecto a esta ley que en algunos aspectos ha bajado la pena".

De la misma forma, los magistrados de las dos Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Granada han acordado revisar de oficio las sentencias firmes de condenados por delitos sexuales para, al igual que señalan otras audiencias, aplicar en estos casos "la disposición que sea más favorable al reo".

Asimismo, la Audiencia Provincial de Córdoba revisará de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual que pueden ser modificadas por la aplicación con carácter retroactivo de la pena más favorable para reo.

Por otro lado, este mismo lunes, el Pleno de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Asturias ha acordado "revisar las sentencias firmes de los procesos en que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena o esté pendiente, bajo prisma de proporcionalidad atendiendo al contenido íntegro de la sentencia de la que se trate".

La Audiencia de Asturias ha añadido que "no se revisarán de oficio las sentencias condenatorias cuando el cumplimiento de la pena esté suspendido, sin perjuicio de hacerlo en caso de que se revoque la suspensión y antes de proceder al cumplimiento efectivo de la pena cuya suspensión ha sido revocada".

TRES SE ALINEAN CON FISCALÍA

Frente a estas decisiones, este mismo lunes la Audiencia Provincial de Navarra ha informado de que no rebajará las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo al nuevo marco legal establecido por la ley.

Según ha explicado, "hasta que no se pronuncie el Tribunal Supremo estableciendo doctrina jurisprudencial en relación con la aplicación retroactiva de la Ley Orgánica 10/2022" las dos secciones penales de la Audiencia Provincial aplicarán los criterios de revisión que han acordado en su cónclave, que coinciden con la interpretación de la Fiscalía General del Estado.

Ya la Audiencia Provincial de La Rioja anunció hace dos semanas que se acogía a la disposición transitoria del Código Penal para no modificar ninguna de las 54 sentencias que ya han revisado tras la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, explicó en una entrevista en Onda Cero, recogida por Europa Press, que si bien han revisado de oficio las sentencias por delitos contra la libertad sexual susceptibles de ser modificadas por la nueva ley, hasta ahora, no han modificado ninguna de las penas porque en ninguno de los casos el Ministerio Fiscal ha informado favorablemente.

Esta decisión, según explicó Marca, se toma porque en todos los casos la pena que se había impuesto es "perfectamente imponible" conforme a la nueva legislación.

Por su parte, la junta sectorial de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas, determinó el viernes que solo se revisarán de oficio las condenas firmes por delitos sexuales cuando se detecte que la pena impuesta es mayor que las contempladas en la nueva norma. Así, va en línea con la FGE.

2022-11-29T06:54:55+01:00
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