El empresario Alberto Luceño ha pedido al juez del caso mascarillas que anule el registro practicado en su vivienda y en su empresa el pasado día 22, al entender que es una medida "injustificada" y "prospectiva" al practicarse dos años después del inicio de la investigación, en la que ha colaborado.
En un escrito dirigido al juzgado este miércoles, al que ha tenido acceso Efe, el letrado de Luceño solicita que se revoquen los autos por los que se acordó y materializó el registro y que se anule el mismo.
Los agentes encontraron en el mismo una placa que ponía "agente de la autoridad" del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y varias impresiones de imágenes de tarjetas del CNI, Policía y Defensa, según detalla el acta del pasado 22 de septiembre, día que el juez Adolfo Carretero señaló para llevar a cabo esta diligencia en el marco de una pieza separada del caso declarada secreta.
Lo hizo después de que la Fiscalía Anticorrupción lo solicitase porque considera necesario analizar los ordenadores y los teléfonos del empresario para aclarar si son reales los correos enviados al juzgado por una persona que dice llamarse San Chin Choon, quien vendió a Luceño el material sanitario para el Consistorio en plena pandemia.
En el escrito presentado en el juzgado este miércoles, el abogado de Luceño subraya que este empresario "ha aportado voluntariamente toda la documentación de la que dispone respecto de los hechos investigados" y "ninguna documentación adicional le ha sido requerida".
"Es contrario a derecho tratar de justificar una diligencia de entrada y registro señalando que el investigado no ha aportado voluntariamente una hipotética documentación, sin siquiera indicar cuál sería supuestamente, además de que, como obra en autos, no hay documentación que le haya sido requerida y no haya entregado", añade.
Subraya esta defensa que tras la petición hecha por una acusación particular para que Luceño entregara sus móviles y se analizaran sus comunicaciones, "nada fue acordado por el ilustrísimo juzgado".
"Prospectivo"
"Es claro que el ilustrísimo juzgado debía haber resuelto sobre la petición que se le había formulado. Ello, sin duda, hubiera sido una medida proporcional, y no la injustificada entrada y registro acordada", para concluir que "una diligencia con tamaña injerencia en el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, practicada casi dos años después del inicio de la investigación, únicamente puede tener carácter prospectivo".
El titular del Juzgado de Instrucción número 47 ha recibido este miércoles otro escrito, en este caso del otro empresario investigado en la causa, Luis Medina, en el que contesta a una providencia del magistrado sobre el correo enviado supuestamente por San Chin Choon en el que este empresario declinaba venir a España a declarar pero se ofrecía a hacerlo por videoconferencia desde la Embajada española en Kuala Lumpur.
El letrado de Medina solicita que se acuerde esa declaración por medio de videoconferencia, solicitando para ello "los medios pertinentes al Decanato y a la Embajada de España en Kuala Lumpur" y que se habilite un traductor de chino.
"Es imprescindible, pertinente, necesario y ajustado al Derecho, que dicho señor preste declaración ante el Ilustre Juzgado, pues no acordar tal diligencia significaría una auténtica vulneración de los derechos más elementales de los justiciables, al ser fundamental para esclarecer este asunto disponer de las declaraciones del máximo responsable de la empresa que, no olvidemos, suministró materiales y firmó en los contratos", añade el escrito.