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Navarra

Almandoz contra la modificación de la explotación de la cantera de Arritxuri

94 vecinos y vecinas de la localidad han presentado un recurso de alzada contra la resolución favorable
Vista aérea de la cantera de Arritxuri, en la que se aprecia el cementerio.
Vista aérea de la cantera de Arritxuri, en la que se aprecia el cementerio.

La empresa Canteras Acha S.A., presentó el 11 de febrero de 2020 un proyecto de modificación del proyecto de explotación para el frente de ofita de la cantera de Arritxuri, en Almandoz, que explota desde hace varias décadas.

Tras su presentación, se realizó la información pública del proyecto, así como de su estudio de impacto ambiental y plan de restauración, y en ese periodo, se presentaron varias alegaciones.

Revisada toda la documentación presentada, la Directora General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos resolvió autorizar la modificación del proyecto de explotación, considerando que el proyecto cuenta con declaración de impacto ambiental favorable.

RECURSO DE ALZADA Tras la resolución, dictada hace varias semanas, Pello Sarratea, alcalde jurado de Almandoz ha presentado un recurso de alzada suscrito por 94 vecinos y vecinas de la localidad, ante el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra, Mikel Irujo.

El recurso de alzada hace referencia a varios aspectos del proyecto de modificación de la explotación de la cantera que la mayoría de los y las almandoztarras consideran inaceptables, por lo que solicita que se tenga en cuenta el recurso de alzada, dejando sin efecto la resolución de la Directora General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos.

ALEGACIONES En el recurso de alzada enviado al Consejero, los vecinos y vecinas exponen las alegaciones presentadas al proyecto de modificación de la cantera.

El recurso explica que el proyecto de modificación sitúa el frente de explotación de la cantera a 23 metros del cementerio, infraestructura que da servicio a todo el pueblo. Argumentan que el art. 42 de la ley de cementerios contempla un área de protección de 50 m. alrededor de estas instalaciones, por lo que el frente de explotación se situaría a una distancia inferior.

Además. “la franja arbolada que rodea el perímetro de la cantera constituye el perímetro de seguridad mínimo que se consideró necesario por parte de la Administración Foral para conceder la apertura de la explotación vigente”.

Señalan que “el presente proyecto, además de reducir a la mitad la distancia actual entre el frente de explotación y el cementerio, elimina la cortina vegetal de arbolado que lo protege de parte del efecto de las voladuras, mitiga las vibraciones, así como ejerce de pantalla para minimizar el ruido y el polvo producidos por la actividad de la cantera”. Consideran que la eliminación de dicha protección puede afectar gravemente al terreno, nichos, paredes y resto de infraestructuras, provocando efectos indeseados como grietas.

Por otro lado, subrayan que “tal y como recoge el proyecto, la distancia a la casa más próxima del pueblo es de 276 m.”. Los vecinos y vecinas informan de que ”actualmente la cantera dispone de una cortina arbolada que, visualmente, tapa el frente visto desde el pueblo, además de ejercer como protección frente a voladuras y vibraciones, a pesar de lo cual ambas se aprecian nítidamente en las casas, dado que la distancia al pueblo no excede de 300 m.”. Consideran que eliminar dicha protección y rebajar la actual distancia es algo “inasumible para un desarrollo normal de la vida en el pueblo”.

En lo que respecta a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable al proyecto, los vecinos y vecinas consideran “muy sorprendente” que la DIA valore muy positivamente la modificación, ya que supone una menor ocupación de superficie de 673 metros cuadrados (9% menos), “obviando que esta modificación supone un acercamiento al pueblo, caminos públicos, cementerio y otros edificios, con las negativas consecuencias que ello conlleva para la seguridad de las personas o instalaciones”.

Se quejan de que se hace un análisis exclusivamente visual de la reducción de la pantalla vegetal hasta la cota 515, “sin tener en cuenta su multifuncionalidad como protección física ante voladuras y todas sus consecuencias”. “Al parecer, denuncian, “el impacto desde la distancia, de no tener que sobrellevarlo a diario, se estima como moderado y compatible”.

DEFENSOR DEL PUEBLO Además del recurso de alzada, los vecinos y vecinas han presentado una queja ante el Defensor del Pueblo. Éste, ha solicitado un informe con el objetivo de valorar la situación.

2022-09-11T17:30:03+02:00
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