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Aner Uriarte: “La prisión preventiva es excepcional; la jueza entiende que no hay riesgo de que lo vuelva a hacer”

El juez decano de Bilbao, Aner Uriarte, advierte de que la puesta en libertad de la joven que raptó a un recién nacido en el Hospital de Basurto “no es un juicio”
Aner Uriarte, juez decano de Bilbao
Aner Uriarte, juez decano de Bilbao

Es consciente del revuelo que la decisión de la magistrada del juzgado de guardia que el sábado puso en libertad sin medidas cautelares a la joven que la semana pasada secuestró a un bebé en el Hospital de Basurto y el horror que el delito ha provocado en la sociedad. Pero Aner Uriarte, juez decano de Bilbao, advierte de que esa decisión se tomó “solo sobre su situación personal” y no representa una sentencia sobre su culpabilidad o no. “Tenemos unas leyes garantistas; para que se decreta una prisión provisional, una medida cautelar más extrema porque incide en la libertad del delincuente, se tienen que cumplir unos requisitos que, en este caso, la magistrada entiende que no concurren”, explica.

Es la pregunta que todo el mundo se hace. ¿Cómo es posible que una mujer que el miércoles se llevó a un bebé de un hospital quede en libertad sin medidas cautelares?

—Lo primero que hay que decir es esto no es el juicio; estamos en el momento inicial, no hay sentencia, no se ha decidido sobre ella. El juzgado de guardia decide exclusivamente sobre su situación personal; no dice si lo ha hecho o no. Nuestras leyes son garantistas; cualquier delincuente, para ingresar en prisión provisional, que es lo que pedía la Fiscalía, tiene que cumplir una serie de requisitos. Es una medida cautelar más extrema porque incide en la libertad del delincuente.

¿Cuáles son?

—Por una parte, que se solicite, lo cual se hizo; por otra, que el delito tenga una pena asociada a los hechos superior a dos años, que también se cumple. Finalmente concurrir una de las tres finalidades de la prisión preventiva. Una, riesgo de fuga, que la magistrada entiende que no existe porque es una mujer con domicilio en Bilbao; dos, que pueda perjudicar la investigación destruyendo pruebas, que tampoco porque se han reconocido los hechos, están grabados y tres, reiteración delictiva, que vuelva a cometer el delito, que constata que tampoco existe. Es duro porque la ciudadanía se piensa que la han juzgado ya pero no es así; simplemente se ha decidido sobre su situación personal.

Es el comentario generalizado.

—Al ser un delito contra un recién nacido, se crea mucha preocupación y todos nos ponemos en la piel de los padres; yo mismo me levanté sobrecogido. Es un delito terrible pero en Justicia, y no porque lo decidamos los jueces sino porque la sociedad lo ha establecido así a través de los políticos, existe un proceso penal garantista que nos lleva a que la magistrada de guardia entienda que no existe un fundamento para que esta mujer ingrese ya en prisión y empiece a cumplir la pena antes de ser juzgada.

¿Y si vuelve a hacerlo? ¿Cómo se valora ese riesgo de reincidencia?

—La han reconocido en un centro médico, un médico forense, se ha hablado con la familia y se le ha tomado declaración a ella; y la magistrada considera que es muy poco probable que lo vuelva a hacer. La prisión provisional no se decide porque sea un hecho especialmente grave, que lo es, y porque a todos nos haya sobrecogido, que también sino porque se tienen que cumplir los requisitos para que alguien excepcionalmente entre en prisión desde el primer día.

¿Y el ingreso en un centro psiquiátrico, como ella misma pidió?

—A mí lo que me consta es que tanto el médico forense como el análisis que le hicieron en un centro de Osakidetza antes de ponerla a disposición judicial, consideraron que no era necesario para su situación. Si le hubieran dicho a la magistrada que es necesario, habría ingresado sin ningún género de dudas. Otra cosa es que ella lo pida y en ese caso será el centro psiquiátrico quien lo decida.

Y a partir de ahora, ¿qué pasos se van a seguir?

—Pasará al juzgado que le toque conocer los hechos por la fecha y será el que concrete la investigación. Entiendo que, al haber declarado la investigada, no haga falta mucho: se tomará declaración a los padres, se les hará ofrecimiento de acciones y alguna otra cosa más, y luego pasará al órgano enjuiciador, que no se si será un juzgado de lo penal o la Audiencia Provincial.

¿De cuánto tiene estamos hablando? ¿Cuándo se podría celebrar el juicio?

—En un plazo corto de tiempo, no sé si serán tres, cuatro o cinco meses. Es una instrucción muy sencilla, sobre todo porque se han reconocido los hechos. Hay pocas más cosas que hacer, más allá de tomar declaración a los padres y pedir alguna prueba adicional. La investigación no tiene por qué prolongarse más, aunque depende de más variables que pueden hacer que mi pronóstico no sea acertado.

¿Qué calificación podría tener?

—Con todas las cautelas, a priori creo que es una detención ilegal. Es un delito grave y la pena que se podrá pedir estará en torno a los seis años de prisión. Lo que sí que concurre es un atenuante previsto en la ley porque en menos de tres días se ha devuelto al detenido, al bebé en este caso, sano y salvo. Y luego está el agravante por ser un bebé el secuestrado, una persona especialmente vulnerable.

2022-10-25T05:04:03+02:00
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