La Agencia Valenciana Antifraude ha considerado que no existe fraude o delito de corrupción en los contratos de emergencia de Sanidad por el covid, pero ha pedido subsanar déficits en la contratación a suministradores cuya actividad no guarda relación con este ámbito.
Así se extrae de un informe de la agencia que dirige Joan Llinares, en el que se explica que ninguno de los contratos analizados supone fraude o corrupción, pero sí ve defectos que deben subsanarse en la contratación a empresas que no tienen por objeto social proveer productos sanitarios.
La mayoría de estos contratos se realizaron durante los meses del primer confinamiento y se señala cómo en algunos casos, las empresas proveedoras acabaron vendiendo productos por encima del precio de mercado debido a la escasez que había en los primeros días de la pandemia.
Es el caso de una empresa del ámbito de los detergentes y productos de limpieza, a quien se contrató varios productos, entre ellos geles hidroalcóholicos, en marzo de 2020. Sin embargo, el retraso en el reparto de los artículos que no producía y solo comercializaba, hizo que algunos de estos productos llegaran a entregarse en diciembre.
La consecuencia es que algunos productos que se habían comprado en los meses en los que era más difícil encontrar material sanitario, se entregaron en momentos en los que la oferta era mucho más flexible y los precios más bajos. En el caso concreto de esta empresa, que no ha vuelto a ser contratada por Sanidad, esta diferencia alcanzó los 1,6 millones de euros.
Similar caso también el de otra empresa, en este caso de productos de bebés, que suministró mascarillas FFP2 a la Generalitat. Las mascarillas se pidieron entre marzo y mayo, y se sirvieron entre abril y junio de 2020 por un importe unitario de 2,89 euros.
Medio millón de euros más
Contratos con otras empresas de mayo fueron más baratos, con precios unitarios en torno a un euro. En total, se pagó medio millón de euros de más por los pedidos a esta empresa, que tampoco ha vuelto a contratar con la Generalitat.
Otra de los déficits viene un contrato que finalmente no se llevó a cabo. La Generalitat canceló los pedidos con la justificación de "incumplimiento de la empresa", pero en realidad, el órgano gestor de la empresa explicó que se cancelaron por considerar que el precio era excesivo.
Ante casos como estos, Antifraude ha realizado varias recomendaciones a Sanidad. Por ejemplo, que se "inicien los mecanismos de revisión de oficio de los contratos adjudicados a mercantiles que no han acreditado su capacidad y solvencia para ser contratistas". Esto servirá para evitar un "vicio de nulidad de pleno de derecho".
También se pide que se deje constancia formal por escrito de que las contrataciones se ajustan a precios de mercado y los argumentos objetivos que así lo acrediten o, en su defecto, de las razones o motivos basados en el interés general que justifican la contratación no basada en precios de mercado.
De hecho, señalan que en los contratos analizados, no consta la solicitud de ofertas a más de una empresa, lo que habría constituido una buena práctica al objeto de adecuar la tramitación excepcional de emergencia a los principios de libre competencia y de selección de la oferta económicamente más ventajosa.
Por ello, se señala que en los expedientes debe constar la exposición razonada de los motivos por los cuales no es posible resolver la situación mediante otros procedimientos menos restrictivos, como la tramitación urgente del expediente o el procedimiento negociado sin publicidad por razón de imperiosa urgencia.