Economía

Así quedará tu pensión el año que viene tras la subida prevista por el Gobierno

El alza definitiva se concretará en enero pero ya puedes saber aproximadamente la cuantía
Una mujer jubilada realiza cuentas de sus finanzas personales.

El Gobierno ya tiene una previsión aproximada de cuánto van a subir las pensiones el próximo año. El Ministerio de Seguridad Social que dirige José Luis Escrivá ha anunciado que el incremento para los casi 12 millones de pensionistas se situará entorno al 4%, lo que supondrá para las arcas públicas un desembolso de otros 6.000 millones más de los presupuestados este año.

La subida se realizará en función de la inflación anual de este año y quedará determinada con exactitud a primeros de enero, pero con el anuncio del Gobierno ya se sabe de manera aproximada la cuantía.

El Gobierno contempla que el IPC cierre el año en una horquilla entre el 3,5% y el 4,5% y prevé que esté en la zona media, en el citado 4%.

Tras los cambios en la Ley General de Seguridad Social, la subida depende ahora de la inflación media de este año y de que se incluya esta mejora en los Presupuestos Generales del Estado.

El año pasado ya se aplicó una subida del 8,5%, en línea con el IPC del año anterior y este año también se prevé una importante subida, aunque no tan notable.

Para tus cálculos sobre cuál será tu pensión de jubilación en 2024 deberás añadir entorno el 4% a la cantidad que estás cobrando actualmente. Así, por ejemplo, si tu pensión mensual es de 1.000 euros, pasarás a cobrar 1.040. Si es de 1.500 cobrarás 1.560. Si es de 2.000 euros cobrarás 2.080 al mes. Si es de 2.500 deberás percibir 2.600 euros al mes y si es de 3.000 serían 3.120.

En el caso de las pensiones mínimas y máxima para el año que viene, repartidas anualmente en 12 mensualidades y 2 extras, quedarían así al aplicar la citada previsión al alza del 4% a las cantidades que cobras este 2023.

Pensión de jubilación mínima

Jubilación con 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 1.004 euros al mes.
  • Sin cónyuge: 767 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 763 euros al mes.

Jubilación con menos de 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 941 euros al mes.
  • Sin cónyuge: 763 al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 698 al mes.

Pensión mínima por incapacidad permanente

Incapacidad permanente de Gran Invalidez:

  • Con cónyuge a cargo: 1.506 euros al mes.
  • Sin cónyuge: 1.220 al mes.

Incapacidad permanente de Absoluta o total con 65 años cumplidos:

  • Con cónyuge a cargo: 1.035 al mes.
  • Sin cónyuge: 814 al mes.

Incapacidad permanente de total entre 60 y 64 años:

  • Con cónyuge a cargo: 941 al mes.
  • Sin cónyuge: 814 al mes.

Incapacidad permanente total por enfermedad común con menos de 60 años:

  • Con cónyuge a cargo: 600 al mes.
  • Sin cónyuge: también 600 al mes.

Incapacidad permanente parcial por un accidente de trabajo con 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 1.004 al mes.
  • Sin cónyuge: 814 al mes.

Pensión mínima de viudedad

  • Con cargas familiares: 941 euros al mes.
  • Con 65 años o una discapacidad del 65 % o más: 814 al mes.
  • Entre 60 y 64 años: 814 al mes.
  • Menos de 60 años: 616 al mes.

Pensión de orfandad

  • Un beneficiario: 248 al mes.
  • Menor de edad o con discapacidad del 65 % como mínimo: 488 al mes.

Pensión en favor de familiares

Por beneficiario: 248 al mes.

Si no hay viuda ni huérfano:

  • Un beneficiario de 65 años: 601 al mes.
  • Un beneficiario de menos de 65 años: 570 al mes.

Pensión máxima

En el caso de las pensiones máximas de la Seguridad Social ascenderían a 44.542 euros anuales (3.181 al mes), también repartidas en 14 pagas (12 mensualidades y otras 2 extras), en cualquiera de las situaciones.

15/10/2023