Sociedad

Así serán los eventos de masas: sin comer, beber ni fumar y con mascarilla

Unas 5.000 personas asistieron al concierto de Love of Lesbian en Barcelona como prueba piloto experimental.

Los buenos datos epidemiológicos y la llegada del buen tiempo traen de la mano la celebración de eventos multitudinarios, como los festivales de música, en los no se podrá comer, beber ni fumar, tampoco vapear, y el uso de la mascarillas será obligatorio.

Así consta en la nueva actualización del documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19", a la que ha tenido acceso Efe y en el que el Ministerio de Sanidad y comunidades llevan tiempo trabajando.

La actualización del llamado semáforo de la Sanidad prioriza la consideración de la incidencia acumulada a siete días frente a la de catorce.

Y lo hará en situaciones en las que el nivel de transmisión se incremente, con el fin de guiarse en la evaluación del riesgo utilizando "indicadores más sensibles", que permitan detectar de forma rápida cambios en la tendencia para poder escalar de forma inmediata las medidas de control.

No obstante, en ocasiones en las que el porcentaje de ocupación de camas de UCI sea bajo, pero otro indicador relacionado, como la tasa de ocupación de camas en estas unidades por 100.000 habitantes sea elevado, recomienda el uso preferente del indicador a 14 días.

El documento incluye un anexo con una serie de recomendaciones para la organización de eventos -actividades culturales, religiosas, festivales, conferencias o cualquier otro tipo de más de 1.000 asistentes- en condiciones de seguridad.

El texto establece la posibilidad de que en algunos de estos eventos y tras acuerdo de la autoridad sanitaria se soliciten certificados de vacunación, de recuperación o de estar libre de la infección activa; no se aconseja la toma de temperatura ni los arcos de descontaminación

Según el nivel de alerta de la provincia donde se vaya a desarrollar, incorpora distintos consejos sobre distancia de seguridad, uso de mascarilla, escalonamiento de entradas y salidas, control de desplazamientos internos y acondicionamiento ambiental y ventilación (en espacios cerrados).

También de sectorización, trazabilidad, entrega de hojas informativas y de señalización, así como medidas de limpieza, higiene y desinfección.

Normas comunes para eventos masivos

En los dos niveles más altos de riesgo de un total de 5, en los que se superan una incidencia acumulada de más de 125 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días, propone no celebrar estas actividades.

Mientras, en los otros tres, plantea prohibir fumar, consumir otros productos del tabaco y consumir cigarrillos electrónicos en el área destinada al público tanto en eventos al aire libre como cerrados. En estos últimos aconseja siempre la ventilación natural y, de no poderse, la forzada o mecánica.

Además de fumar, y con carácter general, en el área destinada al público no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas (excepto agua, que se facilitará en distintos puntos del recinto); solo excepcionalmente se podrá a través de un sistema itinerante para los asistentes cuando el público permanezca sentado.

No obstante, se podrán habilitar áreas específicas acotadas y separadas del área destinada al público, que deben ser diferenciadas, debidamente dimensionadas y en las que se tendrán que cumplir las medidas propias de los establecimientos de hostelería y restauración.

Y también reforzar la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento (incluida área de aseos), así como en los momentos de entrada y salida del mismo en los que se comprometa la distancia de seguridad.

Otras de las medidas comunes a los niveles más bajos de riesgo son el establecimiento de franjas horarias para el acceso escalonado por zonas y sectores, comenzando por aquellos más alejados de la salida y viceversa para la salida del público.

Habrá que señalizar las rutas para mantener los distanciamientos y evitar aglomeraciones y un uso controlado de los espacios comunes bajo estricto control del personal del evento.

Se adoptarán medidas para evitar posibles aglomeraciones; la zona de baños y hostelería, debidamente señalizados, debe estar delimitada y tener un margen de separación con la zona de realización del evento.

Normas de aforo y sectorización diferentes

El documento detalla las reglas de aforo en función no solo del nivel de riesgo, sino también si el evento es al aire libre, de pie o sentado:

Nueva normalidad

En espacios al aire libre y de pie, el aforo máximo es del 50 %, garantizando una superficie útil por cada persona usuaria de 1.5 m2.

De estar el público sentado, el aforo no sobrepasará el 75 % con una distancia de al menos 1 metro. Si se permite el consumo de bebidas y comida el aforo será de un máximo de 50 % y la distancia interpersonal de 1,5 metros.

En ambos casos, el número de asistentes no puede superar los 10.000, también en modalidades mixtas, con público sentado y de pie.

Los eventos cerrados tendrán un aforo del 75 % y una distancia entre asistentes de al menos 1,5 metros si no se deja comer o beber; en caso contrario, el aforo se reduce a la mitad y la distancia se amplía a 2 metros. Al máximo podrán acudir 5.000 personas sentadas.

Nivel 1

En este caso el aforo queda reducido a la mitad y la distancia aumenta a 2,25 metros al aire libre y en modalidad de pie, con un máximo de 5.000 participantes.

De ser sentado, son las mismas normas que en la nueva normalidad, salvo por el máximo de asistentes, siempre de 5.000, que vale también para las modalidades mixtas.

En actividades cerradas, el aforo será del 75 % con un máximo de 2.500 personas si se garantiza una separación entre los asistentes o grupos de asistentes de al menos 1,5 metros no permitiendo el consumo de bebida o comida.

Nivel 2

El número de asistentes no podrá superar los 2.500 o el 30 % del aforo, garantizando una superficie útil por cada persona usuaria de 3 m2 si son al aire libre y de pie.

Cuando el público esté sentado puede aumentarse al 50 % de la capacidad si se garantiza una separación de al menos 1 metro y no se permite el consumo de bebida o comida en la zona de púbico; si se permite, deberá ser de no más del 30 % del aforo con una distancia interpersonal de 1,5 metros.

De ser bajo techo, el aforo también se reduce a la mitad con un máximo de 1.000 asistentes que deberán guardar al menos 1,5 metros de distancia sin que puedan consumir bebida o comida.

03/06/2021