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Así son las multas exprés de la DGT: el que la hace la paga rápido

El tiempo que pasa entre la infracción y la notificación de la sanción se reduce de 52 días a 48 horas
Un policía multa a un conductor.
Un policía multa a un conductor. / Freepik

Desde que un conductor comete una infracción que es detectada por un radar o por un agente hasta que recibe la notificación de la sanción correspondiente a veces pasan semanas e incluso meses. La Dirección General de Tráfico (DGT) se propuso ya hace unos años reducir lo máximo posible esos plazos y parece que ahora se lo ha tomado muy en serio, poniendo en práctica lo que se conoce como multas exprés.

Así lo explicó hace unas semanas su director general, Pere Navarro, en una charla que ofreció antes de la inauguración de la cuarta edición de la Conferencia Mundial para la Seguridad Vial, que se celebró en la ciudad marroquí de Marrakech. Navarro insistió, como suele ser habitual en él, en la importancia de cumplir las normas de tráfico para no comprometer la seguridad vial y de que existan cuerpos policiales especializados en este ámbito para velar por el respeto del reglamento, como la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y las Policías autonómicas.

Reducción de los plazos

El director general de la DGT quiso incidir también en la importancia del tiempo que se tarda en recibir una multa, resaltando el gran cambio que se está produciendo en España en los últimos tiempos con las fórmulas que se han instaurado para agilizar un trámite que no es nada agradable para quien lo sufre. Así, resaltó el beneficio de las multas exprés, que han surgido para acabar con esos plazos eternos, ya que con ellas “el tiempo entre la comisión de la infracción y la comunicación ha pasado de 52 días a siete, e incluso a dos”, reveló Pere Navarro.

Ventajas de las multas exprés

¿Por qué es importante acelerar tanto esos plazos? Porque así el conductor puede ser consciente rápidamente de que cometió una infracción y puede modificar cuanto antes su conducta al volante. Así, por un lado se consigue una mejora de la seguridad vial tanto para él como para el resto de usuarios de la vía, que pueden librarse de una conducta imprudente. Pero también el propio infractor puede evitar otra multa por un motivo similar, ya que, si no es consciente de que se ha saltado una norma, es posible que reincida, sobre todo si tarda 52 días en enterarse. De ahí que la DGT insista en que esta aceleración del proceso no va a suponer un aumento de las multas, sino al contrario.

Esa rapidez en la notificación también ayudará a que los conductores sancionados puedan acogerse al 50% de reducción de la multa por pronto pago, ya que al ser conscientes muy pronto de que les toca pagar tendrán más tiempo para poder hacerlo (hay un máximo de 20 días). Eso sí, recibiendo la sanción en 48 horas la DGT está lanzando un aviso muy claro: no hay ninguna tolerancia ante las infracciones, y quien la haga la pagará rápidamente.

Una cámara de tráfico, preparada para multar.

Una cámara de tráfico, preparada para multar. Freepik

Cómo se ha acelerado el proceso

Pasar de 52 días a 48 horas en la comunicación de una multa requiere implementar una serie de medidas. A día de hoy, los conductores que se hayan dado de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV) están tardando una semana en recibir las notificaciones de denuncia, pero el objetivo de la DGT es reducir ese tiempo a 48 horas, y para ello han surgido las multas exprés.

Hasta ahora, en ese plazo de una semana, la infracción debía ser verificada en el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA), que está ubicado en León. Y después se enviaba la sanción al conductor. Ahora se gana tiempo al no tener que enviar las sanciones por correo certificado, sino al mandar una notificación a través de un SMS o de un correo electrónico, siempre que los conductores estén dados de alta en la DEV.

Así hay que registrarse en la DEV

La Dirección Electrónica Vial es un buzón electrónico en el que puedes recibir las comunicaciones y notificaciones de la DGT (también la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco y muchos ayuntamientos) con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel. El alta es voluntaria para las personas físicas, pero obligatoria para las personas jurídicas desde 2022. Para registrarse hay que identificarse con el DNIe, certificado electrónico o Cl@ve. A partir de entonces ya no recibirás notificaciones por correo ordinario, sino con avisos al e-mail y, si lo deseas, con SMS.

2025-03-24T11:03:22+01:00
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