Buscar
Política

Bárcenas, condenado a pagar 60.000 euros a Del Rivero por difamación

El extesorero del PP acusó al expresidente de Sacyr Vallehermoso de realizar pagos irregulares al partido a cambio de conseguir adjudicaciones públicas
El extesorero del PP, Luis Bárcenas, en una imagen de archivo.
El extesorero del PP, Luis Bárcenas, en una imagen de archivo.

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al extesorero del PP, Luis Bárcenas, a pagar 60.000 euros al expresidente de Sacyr Vallehermoso, Luis del Rivero, por intromisión ilegítima al honor, por acusarle de realizar pagos irregulares al partido a cambio de conseguir adjudicaciones públicas.

La Sala de lo Civil del alto tribunal ha dictado un auto en el que inadmite el recurso del extesorero del PP por infracción procesal contra la sentencia de la Audiencia de Madrid, que confirmó a su vez la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid.

Este juzgado estimó la demanda del expresidente de Sacyr y condenó a Bárcenas a indemnizarle con 60.000 euros así como a publicar la sentencia en tres medios de tirada nacional, por considerar que cometió una intromisión ilegítima en su derecho al honor.

Luis del Rivero demandó al extesorero del PP, quien aseguró que el empresario había realizado pagos y donaciones al Partido Popular, asentados en una supuesta contabilidad oculta manuscrita en la que aparecían las siglas "L del R", esto es, en una de las carpetas de los denominados papeles de Bárcenas.

Además, Bárcenas implicó ante la prensa al empresario en el supuesto pago de una comisión ilegal por obtener la concesión de un contrato de recogida de basuras en Toledo.

Y también manifestó ante los medidos que Del Rivero habría intentado presionar al expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y al líder del PP, Alberto Nuñez Feijoo, cuando era presidente de la Xunta de Galicia, para conseguir adjudicaciones a Sacyr de ciertos contratos de obra pública en esta comunidad autónoma.

En su recurso, el extesorero defiende que no se ha producido ninguna intromisión al derecho al honor de Del Rivero porque no se ha probado en ningún caso que fuera el responsable de la difusión de información, la cual, no se ha probado que fuera de carácter delictivo, ni tan siquiera se podría calificar como inmoral o ética.

Pero el Supremo destaca que la sentencia considera probado que Bárcenas atribuyó a Del Rivero haber realizado donaciones encubiertas e irregulares, en dinero efectivo, asentadas en la contabilidad paralela del PP y destinadas a su financiación irregular, una conclusión que es "el resultado de la valoración de la prueba testifical y documental y no una presunción judicial".

2022-10-25T12:39:03+02:00
En directo
Onda Vasca En Directo