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Bruselas se desentiende de la amnistía porque deja fuera el 'lawfare' y salva los fondos europeos

Entiende que se trata de un asunto doméstico y que no afecta a los principios y normas comunitarios
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen.

La Comisión Europea no aprecia colisión alguna de la proposición de ley de amnistía con los principios y normas comunitarios, al quedar salvados los intereses financieros de la UE y excluirse los casos de 'lawfare', con lo que entiende que se trata de un asunto doméstico cuya evaluación corresponderá a las autoridades estatales competentes, según las primeras impresiones de sus servicios, si bien el texto sigue bajo estudio.

Así lo informan a Europa Press fuentes comunitarias que indican que las principales preocupaciones del Ejecutivo comunitario respecto a la futura ley de amnistía eran su impacto en los intereses financieros de la UE y en el Estado de Derecho, concretamente en el principio de separación de poderes por la posibilidad de que abarcara los denominados casos de 'lawfare' o 'guerra judicial'.

Pero explican que, tras ese primer vistazo al texto registrado el pasado lunes en el Congreso de los Diputados por el PSOE, esas dos preocupaciones se han disipado porque ambas cuestiones quedan fuera de la proposición de ley. En todo caso, matizan, el texto está siendo analizado ahora en profundidad por los servicios jurídicos antes de ofrecer una opinión formal.

Así, el artículo 2 del texto detalla los supuestos que se excluyen de la futura amnistía, incluyendo entre ellos "los delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea".

En cuanto al 'lawfare', aunque no lo menciona expresamente, ciñe los actos amnistiados a los "vinculados directa o indirectamente al denominado proceso independentista", señalando delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos o prevaricación, lo que deja fuera otros como el blanqueo de capitales, organización criminal o asociación ilícita, falsedad documental o contra la Hacienda Pública.

De haber existido referencia alguna al 'lawfare' en la proposición de ley, la Comisión Europea sí habría tenido que actuar, afirman las citadas fuentes. Pero al recogerse únicamente en un acuerdo entre partidos políticos, el firmado por el PSOE y Junts el pasado jueves, queda fuera del alcance de Bruselas.

En este sentido, apuntan que el Ejecutivo comunitario no puede convertirse en un "actor político" en los Estados miembros. Cosa diferente, avisan, es que ese acuerdo político que recoge el 'lawfare' tenga un desarrollo legislativo.

Con todo, para Bruselas la proposición de ley, en su estado actual, es un asunto de ámbito nacional cuyo control corresponderá a las autoridades competentes, empezando por el Parlamento, que debe tramitarla y aprobarla, y acabando por el Tribunal Constitucional (TC), que tendrá la última palabra sobre su legalidad.

NO CABEN PARALELISMOS

En la misma línea, las fuentes consultadas puntualizan que las motivaciones políticas para aprobar una ley de amnistía, ya sean las expresadas en la exposición de motivos --que la justifica por la necesidad de rebajar la "tensión institucional"-- o el apoyo de las fuerzas independentistas a la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno, no tienen relevancia para la Comisión Europea porque son los órganos nacionales quienes deben evaluarlas.

Además, descartan cualquier paralelismo con el caso de Rumanía, cuando Bruselas avisó de que actuaría si se aprobaba una ley de amnistía confeccionada por el gobernante Partido Social Demócrata para perdonar a su entonces líder, Liviu Dragnea, que había sido condenado a tres años y medio de cárcel por abuso de poder, aunque acumulaba otra condena por fraude electoral.

Las fuentes subrayan que en el caso rumano se trataba de una ley de amnistía diseñada para beneficiar directamente al líder del partido gobernante que la impulsaba, situación que no se da en el escenario español. A ello suman que la ley de amnistía no llegó a ver la luz.

En cualquier caso, recalcan que para activar el artículo 7 del Tratado de la UE, que permite suspender los derechos como Estado miembro, debe darse un incumplimiento sistemático de los principios y normas de la UE, por lo que una única infracción no sería suficiente para ponerlo en marcha, por muy grave que fuera la misma.

15/11/2023