El juez del caso Kitchen ha confirmado los indicios claros para juzgar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exsecretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez y otros altos mandos de la Policía por el supuesto espionaje parapolicial al extesorero del PP Luis Bárcenas.
En concreto, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha dictado siete autos en los que desestima los recursos de reforma del exministro, el exsecretario de Estado, cuatro altos mandos de la Policía y del exchófer de Luis Bárcenas Sergio Ríos, contra el auto que acordó el procesamiento de todos ellos y excluyó del procedimiento a la ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal.
García Castellón rechaza todos los argumentos de los recurrentes y concluye que existen indicios para concretar de forma clara y suficiente los hechos que se les imputan y que podrían ser constitutivos de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
En el caso del exministro y del exsecretario de Estado, el juez explica que Fernández Díaz ejerció la responsabilidad durante todo el periodo de ejecución del operativo policial ilícito, "financiado con cargo a partidas de fondos reservados de su departamento y bajo la supervisión directa de su inmediato inferior jerárquico, el secretario de estado de Seguridad Francisco Martínez".
Con este, añade, "mantuvo comunicaciones directamente relacionados con el volcado de los teléfonos pertenecientes a Luis Bárcenas, que constituye uno de los momentos en que de modo plenamente acreditado por medio de su parcial recuperación en el curso de la instrucción judicial, el operativo desarrollado logró obtener una parte de la documentación comprometedora que se buscaba".
El juez rechaza que la instrucción se haya concluido de manera precipitada y reitera que es el momento procesal oportuno para dictar el auto de pase a procedimiento abreviado -equivalente a procesamiento- dada la contundencia y solidez de los indicios que se recogen en el mismo.
"Cuando el proceso arroja un escenario fáctico que descansa con rotundidad sobre semejante andamiaje indiciario, el margen de actuación del juez de instrucción se estrecha, y la adecuada ponderación de los derechos fundamentales en juego obliga a dirigir el procedimiento a su genuina fase, el juicio oral, evitando innecesarias dilaciones con incidencia en las garantías esenciales que rigen el proceso penal", apunta el auto.
En relación con el comisario Enrique García Castaño, que había solicitado el reconocimiento de su condición de colaborador en la instrucción, el juez lo rechaza y explica que dicha petición deberá plantearse en su momento procesal.
También rechaza los recursos de Andrés Gómez Gordo, comisario que fue asesor de Cospedal en la Junta de Castilla-La Mancha; José Fuentes Gago, Bonifacio Díez Sevillano y el chófer Sergio Ríos.