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Cinco claves de la nueva ley de familias: permisos, ayudas y diversidad familiar

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley de Familias, manteniendo la redacción original que elaboró la antecesora de Pablo Bustinduy, Ione Belarra. No obstante, cabe la introducción de cambios como mantener la denominación 'famil
Imagen de archivo de una familia paseando por el parque.
Imagen de archivo de una familia paseando por el parque. / EP

El Gobierno español ha dado luz verde este martes al proyecto de ley de familias que busca reforzar la protección social de todos los modelos familiares, reconocer nuevos derechos para las familias monoparentales, que se considerarán numerosas con dos hijos, además de contemplar medidas de ayuda a la conciliación.

El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha dicho que se trata de un "hito" en la política social del Estado, una ley que busca garantizar la protección económica y social a las familias, profundizar su derecho a la conciliación y avanzar en el reconocimiento jurídico y la protección de los derechos de las familias.

Diversidad familiar

El Ministerio de Derechos Sociales ha llevado al Consejo de Ministros el mismo texto que impulsó Ione Belarra en la pasada legislatura y que decayó por la convocatoria de elecciones. El objetivo es que la ley no tenga que pasar de nuevo por los órganos consultivos y sea aprobada cuanto antes.

La ley de Familias tiene tres objetivos: reconocer jurídicamente y tratar de equiparar la diversidad familiar al marco legal, mejorar la protección social que perciben todos los supuestos de familias y la equiparación jurídica de las familias.

Así, reconoce jurídicamente a todos los supuestos de familias, como las monomarentales, las adoptivas, las familias LGTBI y las que cuentan entre sus miembros a personas con discapacidad.

Renta de crianza

En cuanto a la renta de crianza de 100 euros al mes, actualmente tienen este derecho las madres trabajadoras con hijos de hasta tres años, las que perciben prestaciones contributivas o asistenciales por desempleo, las que estén dadas de alta en el momento del nacimiento o cualquier momento posterior en su régimen de seguridad social durante un mínimo de 30 días cotizados y las madres que tienen derecho al complemento de apoyo a la infancia (CAPI) del Ingreso Mínimo Vital.

Así, con esta norma, según han precisado fuentes del ministerio, no se contemplan nuevos supuestos con derecho a la renta de crianza de 100 euros al mes, sino una mejora técnica para actualizar la terminología de los casos de acogimiento familiar y guarda para adecuarla a la que se establece en el Código Civil. Por lo tanto, ya no es "acogimiento preadoptivo", que es lo que aparece en la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sino "guarda con fines de adopción".

En todo caso, han añadido que la intención del ministerio es "negociar" y "trabajar" para extender la renta de crianza de 100 euros al mes hasta que los hijos tengan seis años y, así, avanzar "hacia la universalización".

Permisos

En cumplimiento del Acuerdo de Gobierno, han señalado que, a través del procedimiento parlamentario, buscarán la retribución progresiva del permiso parental de ocho semanas, empezando por cuatro de las ocho, así como la ampliación de los permisos de nacimiento de 16 a 20 semanas.

Asimismo, la ley de Familias indica que el padre o la madre no gestante podrá anticiparse al permiso de 16 semanas, cogiéndolo en los diez días previos a la fecha prevista de parto.

'Familias numerosas'

En principio, a través de esta nueva ley el Ejecutivo elimina el término de 'familias numerosas', que pasarán a llamarse 'familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' y serán las que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, las familias con tres hijos y bajos ingresos, las monoparentales con dos hijos a cargo, las de dos hijos que tengan un padre o un hijo con al menos 33% de discapacidad y los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género.

En caso de separaciones o divorcios con custodia compartida el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores, para acogerse ambos a los beneficios por familia numerosa.

En todo caso, según han señalado fuentes del departamento, están abiertos a revisar el cambio de nombre de 'familia numerosa' en la negociación parlamentaria si el problema es la "etiqueta", ya que el objetivo es tener "el mayor consenso posible".

'Monoparentales'

La norma también recoge que las familias monoparentales tendrán prioridad en la elección de colegios, a la hora de acceder a una vivienda protegida, entre otras situaciones.

En cuanto a las parejas de hecho, se creará un registro estatal y tendrán los mismos derechos que un matrimonio. En este caso, recibirán pensión de viudedad y quedan recogidas en el acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos e hijas a cargo en caso de disolución de la pareja de hecho.

Respecto a la estructura de la ley, fuentes del departamento aseguran que tiene cinco partes: la primera, incluye principios y valores; la segunda, la protección general a todas las familias; la tercera, disposiciones específicas de las diferentes realidades familiares; la cuarta, cómo se va a organizar la cooperación para que se puedan llevar a cabo las medidas; y, la quinta, los cambios normativos.

2024-02-28T12:38:03+01:00
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