La frenética actividad que nos impone la vida moderna está condicionando muchos de nuestros hábitos cotidianos. Cada vez pasamos más tiempo al volante para trabajar, trasladarnos al lugar de trabajo, hacer compras, viajar por ocio o de vacaciones, etc. Todo ello altera costumbres cotidianas como la de sentarse plácidamente en torno a una mesa para comer con tranquilidad.
Por eso es muy habitual ver a gente al volante de su coche mientras se toma un café o refresco, come un bocadillo o degusta una pieza de fruta para alimentarse y ganar algo de tiempo al reloj para dedicarlo al trabajo o a otros menesteres. También, es cierto, hay veces en las que las nuevas generaciones han cambiado sus hábitos y el coche es un lugar multiusos.
Esta costumbre de comer o beber mientras estás conduciendo puede resultar peligrosa para tu seguridad porque puede provocar un despiste y consiguientemente un accidente. Pero también dañina para tu bolsillo porque puede ser merecedora de una fuerte multa.
En casos de viajes más o menos largos la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda paradas cada dos horas como máximo para descansar, comer, beber, estirar las piernas, refrescarse, etc. Es mejor alimentarse en estas paradas que durante la conducción, ya que si la Guardia Civil te sorprende en esa actitud podría multarte con hasta 200 euros.
Comer o beber no es sancionable en sí mismo pero sí las consecuencias que puedan tener para la seguridad vial.
Hay tres artículos del Reglamento General de Circulación que podrían aplicarte como motivo de sanción siempre que un agente de la autoridad considere que comer o beber al volante supone un peligro para la Seguridad Vial.
El artículo 18.1 indica que el conductor de un vehículo está obligado "a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción". El artículo 17.1 señala que los conductores deberán estar "en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos". Y el artículo 3.1, que indica que "se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía".
La sanción es pues potestad de los agentes de la autoridad que si consideran que comer o beber en ese momento concreto que te advierten limita tu capacidad de movimientos o tu atención en la conducción, o que impide un control adecuado del coche podrá denunciarte por esa infracción con una multa de 80 euros.
La sanción más grave, la multa de 200 euros, podrían ponértela si se considerase que al comer al volante conducías estabas conduciendo de forma negligente o creando una situación de peligro en la carretera.
Estas mismas sanciones, algunas incluso de más dinero y retirada de puntos, pueden caerte por acciones como fumar, manipular el móvil o un dispositivo tecnológico o incluso llevar grandes paquetes sin sujetar en los asientos posteriores.