En Gipuzkoa, de facto, ya existían muchas comunidades de vecinos que habían limitado o prohibido la instalación de nuevas viviendas turísticas en sus edificios, tras el acuerdo mayoritario de los tres quintos de los propietarios. Sin embargo, todavía persistían muchas dudas y la incertidumbre de si esas decisiones podían ser impugnadas por no haber sido adoptadas por unanimidad. Ahora, la sentencia del Tribunal Supremo que avala esta mayoría cualificada -y que descarta la necesidad de llegar a un acuerdo por unanimidad para limitar los pisos turísticos- viene a "dar seguridad jurídica para todas las partes".
Así lo cree el presidente de la Asociación de Apartamentos Turísticos Aperture. Asier Pereda, en declaraciones a Onda Vasca, destaca que "es una sentencia que esperábamos porque, al fin y al cabo, lo que hace es refrendar lo que era ya la práctica habitual en las comunidades de vecinos, donde se estaban adoptando este tipo de acuerdos por mayoría". Por ello, considera Pereda, "esta sentencia lo que hace es aportar seguridad jurídica para todas las partes implicadas: para los vecinos, para las empresas gestoras, etc..."
"En la práctica, nada cambia" asegura Asier Pereda. "El hecho de que ahora el Supremo aporte esta jurisprudencia lo que nos aclara es que lo que ya era un procedimiento que se estaba llevando a cabo por las comunidades de vecinos es un procedimiento correcto".
Limitar o prohibir
Por su parte, Javier Montero, presidente del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Gipuzkoa y Álava, advierte que en los últimos tiempos ya habían aumentado "mucho" las consultas sobre los pisos turísticos "y cómo prohibirlos". En este sentido, asegura, ante los micrófonos de Onda Vasca, que "la sentencia del Supremo es un espaldarazo al criterio que ya tenía la Audiencia de Gipuzkoa que era la de los tres quintos. Esperamos un aumento de peticiones".
Además de la cuestión de las mayorías, la sentencia del Tribunal Supremo aclara el concepto de 'limitar' al asegurar que "no excluye prohibir". "Hasta ahora", afirma Montero, "había dudas. Cuando ibas a la reunión de vecinos, decías que realmente lo que pasaba es que había dos corrientes jurídicas. Una que decía que limitar no significaba prohibir porque si el legislador hubiera querido prohibir los pisos turísticos, lo hubiera puesto expresamente. Y otra que decía que no hay mayor limitación que una prohibición". Ante esto, asegura Montero que "esta sentencia lo que ha venido es a clarificar la interpretación que hay que hacer del artículo 17 y que entiende que con tres quintos se puede prohibir".
Montero destaca que "los registradores estaban permitiendo la inscripción con la mayoría de tres quintos", pero advierte de que sobre esto "pesaba una espada de Damocles", es decir, "que alguien pudiera impugnar el acuerdo". Concluye el presidente del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Gipuzkoa y Álava que "esto ya queda aclarado".
Moratoria en Donostia
Si tenemos en cuenta el caso concreto de Donostia, el alcalde de la ciudad Eneko Goia cree que la decisión del Tribunal Supero tendrá "un efecto prácticamente nulo" en la capital guipuzcoana porque "en este momento, en Donostia, existe una moratoria que ya lleva estando vigente más de año y medio, con lo cual no hay ninguna nueva licencia de pisos de uso turístico a día de hoy".
Insiste el alcalde que "nadie puede solicitar una licencia porque no se conceden. Y el escenario al que vamos, con total seguridad, una vez que se produzca la modificación definitiva del Plan General con respecto a esta materia, es que no se vayan a conceder más licencias en residencial para este tipo de actividad, con lo cual esto está bloqueado en este momento ya".
Además, Eneko Goia apunta a que "no he visto la sentencia con detalle, pero entiendo que esa determinación de esa mayoría difícilmente pueda tener efecto retroactivo sobre las ya existentes, con lo cual probablemente el efecto práctico, a día de hoy, sobre este tema en Donostia sea nulo o prácticamente nulo".
En Donostia, en los últimos cuatro años se han clausurado 43 pisos turísticos ilegales: la mayoría de ellos, en el Centro, en el Antiguo y en Aiete, además de en Egia. Asímismo, se han tramitado 24 sanciones por actividades de este tipo en los últimos 4 años. En la gran mayoría de los casos la sanción ha ascendido a 5.000 euros.