La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a 2 años y 6 meses de prisión a un hombre que sometió a una menor de 13 años a actos y tocamientos sexuales continuados sin consentimiento.
En la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, en el delito de agresión sexual continuado a menor de 16 años se ha estimado en la conducta del procesado la concurrencia de las atenuantes de reparación del daño, puesto que consignó antes del juicio los 3.000 euros de responsabilidad civil impuestos, y embriaguez.
El encausado, de 33 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 5 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada de otros 5, ha informado el TSJN en una nota.
El procesado, junto con su mujer y sus dos hijos, procedentes de un país del este de Europa, se encuentran refugiados en España desde agosto de 2022. En septiembre de ese año, en un albergue de una localidad de Sakana, coincidieron con una familia, formada por un matrimonio y tres hijas -la mayor de ellas, la víctima-, procedente del mismo país y en idéntica situación.
Ambas familias tenían mucha relación y compartían momentos de ocio. De hecho, el inculpado se comportaba con la víctima "como un tío", "como un amigo de su padre".
La sentencia considera probado que, a partir de entonces, el acusado sometió a la joven "a actos y tocamientos sexuales no consentidos": "la abrazaba constantemente, le olía el pelo, le tocaba muslos, piernas, le besaba el cuello, le chupaba y lamía la cara". Y cuando se sentaba en un banco, le hacía sentarse sobre él.
El 30 de abril de 2023, cuando estaban paseando por la localidad, le dijo: "Tengo ganas de ti", "quiero poseerte", "quiero sexo contigo". Además, le besó el cuello y le lamió la cara. Asimismo, el 6 de mayo, le telefoneó y le volvió a hacer la misma proposición. El padre de la víctima interpuso denuncia cuatro días después.
Como consecuencia de estos hechos, la menor padece "un elevado estado de ansiedad en forma de tensión nerviosa, temblores, alteración del sueño, comportamientos de vigilancia y ocupación de su pensamiento con contenidos de miedo y preocupación".
Según recoge la resolución judicial, el fiscal no se opone a la petición de suspensión del ingreso en prisión siempre que el médico forense emita un informe indicando que el acusado presenta problema de consumo patológico de alcohol y que se encuentra sometido a tratamiento de deshabituación idóneo a tal fin.