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Condenado a cuatro años de cárcel por sobornar a su nieta con dinero para que "se dejara tocar"

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su nieta cuando tenía nueve años mediante tocamientos y ofreciéndole dinero para que se lo permitiese
Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su nieta cuando tenía unos nueve años mediante tocamientos y ofreciéndole dinero para que se lo permitiese.

En concreto, en esta sentencia emitida el pasado 12 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, por acuerdo de conformidad entre las partes, que el acusado, Rafael R.G., sobre quien ya pesa una condena en firme por abusos sexuales, "con ánimo de menospreciar la indemnidad sexual de la perjudicada" le hizo tocamientos "por encima de la ropa por la zona de sus pechos y sus ingles, además de ofrecerle 20 o 50 euros a cambio de que se dejara tocar o le enseñara sus partes íntimas".

El condenado confesó "voluntariamente la autoría de los hechos", según recoge la resolución judicial.

"Los hechos declarados probados eran legalmente constitutivos, al tiempo de ocurrir el hecho, de un delito de abusos sexuales, previsto y penado en los artículos 183.1.4 d) redacción anterior del Código Penal. Hoy, en redacción de la LO 10/22 de 6 de septiembre de garantía integral de la libertad sexual, los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual", precisa la sentencia.

A tal efecto, la Sección Tercera de la Audiencia condena a Rafael R.G. a cuatro años de prisión por "un delito de abuso sexual (hoy agresión sexual), con la agravante de reincidencia y la atenuante de confesión, así como a ocho años de prohibición de comunicarse con su nieta o acercarse a ella. También se le imponen seis años de libertad vigilada tras cumplir la pena de cárcel y una indemnización de 3.0000 euros en favor de la víctima.

2023-01-25T09:38:03+01:00
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