El finiquito es, tal y como así lo define la Real Academia Española, el remate de las cuentas, o certificación que se da para constancia de que están ajustadas y satisfecho el alcance que resulta de ellas.
Una cantidad económica que, tal y como así lo explican los especialistas, una empresa debe a un trabajador al finalizar su contrato. Tanto en caso de despido como de renuncia voluntaria del trabajador. Se trata de un documento que, según explican, debe ser acordado y firmado tanto por la empresa como por el trabajador. Una cantidad para cuyo cálculo hay que tener en cuenta el salario pendiente de pago, la parte proporcional de las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas, las horas extraordinarias, la indemnización por despido y otras cantidades generadas en el último año.
Este es el finiquito que pertenece por cada año trabajado según la nómina
Para calcular el finiquito que pertenece por cada año trabajado según la nómina, lo primero que recomiendan los expertos es conocer el salario mensual, las pagas extras a las que el trabajador tiene derecho y el número de días de vacaciones pendientes.
Un aspecto que destacan los especialistas es que al calcular el finiquito no se tiene en cuenta el número de años trabajados. Lo primero que hay que calcular es la parte proporcional del salario correspondiente a los días trascurridos desde la última nómina hasta el fin del período de preaviso de 15 días al notificar el fin del contrario. Para calcularlo lo que hay que hacer es dividir el sueldo mensual entre 30. De esta forma se sabe cuál es el salario bruto diario y se multiplica por los días trabajados ese último mes.
Además de calcular la parte del salario a la que se ha hecho alusión, también hay que contabilizar los días de vacaciones pendientes. Esos días hay que multiplicarlos por ese salario diario que se ha calculado en el paso anterior. A la cantidad resultante, hay que añadirle las dietas y otros extras habituales en la nómina que no hayan sido recibidos, proporcionalmente a los días trabajados. Es decir, si un trabajador decide renunciar a su empleo en el mes de mayo, este tiene derecho a la proporción correspondiente de la paga extra de junio por esos cinco meses trabajados.
La suma de estas cifras, dará como resultado el finiquito correspondiente por cada año trabajado según la nómina.
¿Cómo reclamar a la empresa la cantidad de finiquito que nos adeuda?
Aunque lo habitual es que la mayoría de las empresas ingresen el finiquito sin inconveniente, lo cierto es que, en ocasiones, algunos trabajadores se ven obligados a enfrentarse al problema de firmar el finiquito y después no cobrarlo. Pero, ¿se puede reclamar el cobro no efectuado si se ha firmado previamente el finiquito? Según apuntan los expertos, haber firmado el finiquito hace más difícil que la reclamación salga adelante.
Vía extrajudicial
Para reclamar a la empresa la cantidad de finiquito que debe, se puede optar por la vía extrajudicial, es decir, ponerse en contacto con la empresa para cobrar el finiquito de manera "amistosa". En caso de que la empresa se niegue, lo recomendable es contactar con ella a través de un abogado. Si la empresa sigue sin pagar, el abogado será el encargado de tramitar el asunto por vía judicial.
Acto de conciliación
El acto de conciliación es obligatorio, tal y como así lo señalan los expertos, antes de iniciar un proceso ante el Juzgado de lo Social. Para reclamar un finiquito no cobrado, se presenta una demanda ante la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Por lo general, este tipo de conflictos de resuelve en el acto de conciliación.
Vía judicial
Si el conflicto no se ha resuelto en el acto de conciliación, el siguiente paso es optar por la vía judicial. Se puede hacer a través de un proceso monitorio, un proceso declarativo verbal u ordinario o un proceso cambiario.
- Proceso monitorio. El proceso monitorio se se lleva a cabo, tal y como así lo explican los expertos de Occident, de forma mucho más rápida que el ordinario y tiene cabida frente a cantidades en las que no haya controversia. Además, no es necesaria la contratación de un abogado o procurador. En este caso la deuda no debe ser superior de 6.000 euros.
- Proceso declarativo verbal u ordinario. En el caso de que el importe del finiquito tenga un valor inferior a 6000 euros, el trabajador acudiría al procedimiento declarativo verbal. Cuando la cantidad es mayor a 6.000 euros, el trabajador debe optar por el proceso ordinario. Una vía que, según los expertos, es interesante cuando se sabe que la empresa va a continuar con su negativa.
- Proceso cambiario. El proceso cambiario obliga a la empresa a pagarte el finiquito mediante un pagaré, un cheque o una letra de cambio. Es una vía rápida para evitar que la empresa tenga tiempo de declararse insolvente o en concurso de acreedores.