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Economía

Renta 2022: ¿Cuánto voy a tener que pagar a Hacienda?

Así se calcula, de manera sencilla, el importe que tendremos que recibir o abonar
Un trabajador realiza cuentas con su móvil.
Un trabajador realiza cuentas con su móvil.

Está instalada la idea entre la sociedad de que la declaración de la renta es una especie de lotería, que resulta a pagar o a devolver casi por una cuestión de azar. Lo cierto es, sin embargo, que se trata de una cuestión meramente matemática que refleja directamente nuestra situación económica. Esta es la manera de calcular cuánto tendremos que pagar en nuestra próxima declaración.

¿Cómo se calcula?

  • En primer lugar se computan los ingresos obtenidos durante el año pasado, bien sean rendimientos del trabajo o de capital. No se tienen en cuenta, por ejemplo, las aportaciones a la Seguridad Social. Así obtendríamos la base imponible general.
  • A la base imponible general hay que restarle también las reducciones por aspectos como las aportaciones a EPSV o realizar la declaración de manera conjunta. Este año en Navarra se aplicará una deducción de 540 euros para personas con ingresos inferiores a 18.000, y que se extiende en menor medida hasta los 35.000. Estas son las reducciones en Bizkaia, Gipuzkoa y Araba. Restando las reducciones a la base imponible se obtiene la base liquidable.

¿Cuánto tenemos que pagar?

  • Llega el momento de saber cuánto tenemos que abonar como cuota. Tomando como ejemplo la tabla de gravamen de Gipuzkoa, una persona que tenga como base liquidable 17.000 euros tendrá que pagar 3.686,90 euros a Hacienda por los primeros 16.030 euros y el 28 % de los 970 euros que faltan para llegar hasta los 17.000. De todas maneras, a la cantidad resultante hay que aplicar una minoración de cuota de 1.432 euros que viene aplicándose a todas las declaraciones en todas las Haciendas forales. Además, con motivo de la crisis económica actual también están previstas otras medidas excepcionales, como en el caso de Bizkaia.

Deducciones

  • Solo faltaría aplicar las deducciones que nos correspondan. Pueden ser de muchos tipos, aunque las más comunes son las de alquiler adquisición de vivienda habitual, las deducciones por hijo o personas mayores a cargo, por ser mayor de 65 años, las aportaciones a sindicatos y partidos políticos, o las donaciones a ONG. Estas son las que se aplican en Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Navarra (simulador). También hay que restar en este punto las cuantías que mes a mes se nos han retenido en la nómina correspondientes al IRPF para obtener el resultado final.
2023-04-14T12:24:04+02:00
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