Economía

¿Cuántos años tienes que trabajar para cobrar el paro? Esto dice la ley

La prestación por desempleo es una de las más demandadas, pero no todo el mundo puede acceder a ella
Operario en una fábrica de motores.
Operario en una fábrica de motores. / EP

La prestación por desempleo, administrada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es una herramienta clave para proteger a los trabajadores que sufren situaciones de paro involuntario.

Esta ayuda garantiza un respaldo económico a quienes, encontrándose en condiciones de trabajar, pierden su empleo o ven reducida temporalmente su jornada laboral debido a ciertos criterios.

No obstante, acceder a esta prestación implica cumplir una serie de condiciones fijadas por la Seguridad Social.

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?

Según la Seguridad Social, esta prestación cubre tanto la pérdida definitiva del empleo como la reducción temporal de la jornada ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%, siempre que esto ocurra bajo el procedimiento estipulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

Se trata de una medida destinada a proteger a quienes, de manera involuntaria, se hallan en desempleo y necesitan un apoyo para mantenerse económicamente mientras buscan una nueva oportunidad laboral.

Requisitos para acceder a la prestación

Para acceder a esta ayuda, los solicitantes deben cumplir con varios criterios. Entre los más relevantes se encuentran los siguientes.

Cotización mínima

Haber trabajado y cotizado al menos 360 días (un año) en los seis años anteriores a la situación de desempleo.

Afiliación

Estar dado de alta o en una situación asimilada en la Seguridad Social, en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.

Situación legal de desempleo

Encontrarse oficialmente desempleado, disponible para buscar activamente empleo y aceptar ofertas laborales adecuadas.

Inscripción como demandante de empleo

Mantener el estatus de demandante de empleo durante todo el periodo de percepción de la ayuda.

Edad laboral

No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.

Compatibilidad

No realizar actividades laborales a tiempo completo (salvo excepciones específicas) ni recibir pensiones incompatibles con el trabajo.

Duración de la prestación

La duración de la prestación está directamente relacionada con el tiempo de cotización acumulado en los seis años previos. Este periodo puede oscilar entre un mínimo de 120 días, para quienes han cotizado entre 360 y 539 días, y un máximo de 720 días, para quienes han acumulado 2.160 días o más.

Es fundamental verificar el historial de cotización para conocer con precisión cuánto tiempo se podrá recibir esta ayuda.

Una oficina del SEPE.

Una oficina del SEPE. Marta Fernández / Europa Press

¿Cómo solicitarla?

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles desde el cese de la actividad laboral. En caso de que el trabajador tenga vacaciones pendientes, este periodo comenzará a contar una vez finalizados esos días.

Documentación necesaria

La tramitación de la prestación exige aportar los siguientes documentos:

Formulario oficial

Modelo de solicitud que incluye el compromiso de actividad.

Identificación del solicitante y familiares

DNI o pasaporte para ciudadanos residentes en el Estado, y en el caso de extranjeros, si son ciudadanos de la Unión Europea, certificado de registro con el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo de su país de origen. Para los no pertenecientes a la Unión Europea, tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y pasaporte.

Datos bancarios

Documento que acredite el número de cuenta del solicitante, donde se abonará la prestación.

Libro de Familia

O documento equivalente en caso de extranjeros, con traducción oficial al castellano.

Certificado de empresa

Emitido por los empleadores de los últimos seis meses trabajados (si no se ha enviado directamente al SEPE).

¿Cuánto se cobra?

La cuantía de la prestación depende de las bases de cotización del trabajador. Durante los primeros seis meses, se percibe el 70 % de la base reguladora calculada sobre los últimos 180 días cotizados. Posteriormente, el porcentaje se reduce al 60 %. Este cálculo garantiza un ingreso proporcional a la aportación previa del beneficiario al sistema.

2024-12-04T14:54:04+01:00
En directo
Onda Vasca En Directo