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Desestimada la querella de los transportistas contra Aintzane Oiarbide

La Audiencia de Gipuzkoa no ve indicios de delito en la actuación de la diputada foral de Infraestructuras Viarias
Oiarbide, con el proyecto de construcción de una rotonda elevada para dar acceso a Zubieta y Eskusaitzeta

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha desestimado las querellas de las asociaciones de transportistas contra Aintzane Oiarbide, diputada foral de Infraestructuras Viarias. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso, por lo que la resolución cierra este capítulo del enfrentamiento de los camioneros con la Diputación a cuenta del canon en la N-1 y la A-15. Nada más conocer el fllo, la diputada foral declaró que “no he hecho otra cosa que cumplir escrupulosamente con la obligación que nos impone la legalidad vigente, y en particular, con la relativa a la ejecución de las sentencias del orden jurisdiccional”.

Según el auto, en la actuación de la diputada foral y en relación a la denuncia por prevaricación “no hay visos de delito” de desobediencia, en la medida en que existía requerimiento judicial “que haya sido desatendido”.

El fallo abunda en este idea señalando que en la actuación de Oiarbide no hay signo de “actuación contraria a derecho”. En este sentido, añade que la decisión de Oiarbide de mantener el canon hasta que la sentencia fuera publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa se sostuvo en informes tanto de la Diputación como de entidades ajenas a ella. El fallo señala que se actuó según informes del “prestigioso despacho de abogados” Gómez-Acebo y Pombo, del “letrado-jefe del servicio de defensa y asistencia jurídica de la Diputación” y de la “secretaría técnica del departamento de Infraestructuras Viarias de la Diputación”, sin que ninguno de esos informes formulara “reparo alguno”.

Es decir, la asesoría jurídica, tanto interna como externa, con la que contó la Diputación, “respaldó la actuación que efectuó”. Esta circunstancia, “aleja la apariencia de arbitrariedad y permite vislumbrar la ausencia del elemento subjetivo del delito”.

Como se recordará, en junio del año pasado el Comité Nacional del Transporte por Carretera presentó una doble querella criminal contra Aintzane Oiarbide y contra la presidencia de Bidegi, cargo que también corresponde a la denunciada. Poco después, se sumó a esta denuncia el sindicato de camioneros autónomos Hiru.

En ambos casos, la razón esgrimida fue la misma: el mantenimiento del peaje en la N-1 y la A-15 pese a que el Tribunal Supremo había anulado la norma que amparaba el cobro por circular en estas vías. La Diputación, por su parte, argumentó que el canon quedaría suspendido cuando recibiera la sentencia y fuera publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, lo que ocurrió seis meses después. En ese momento, el peaje fue eliminado.

Las denuncias de ambas agrupaciones de transportistas, ya habían recibido una primera sentencia en contra por parte del juzgado de instrucción número 1 de Donostia. Entonces también, el juez determinó que “no existían indicios de la comisión de los ilícitos penales alegados, en la medida en que en la fecha de presentación de la denuncia y la querella la sentencia que anulaba la orden foral que amparaba el cobro del canon aún no era firme”

29/07/2022