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Dos años de cárcel por matar con una lanza en defensa propia al hombre que quemó su casa

El acusado deberá indemnizar además a los padres de la víctima con más de 74.500 euros para cada uno
Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia.
Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia. / EP

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años y siete meses de prisión a un hombre que mató a otro en junio de 2021 con una lanza artesanal en defensa propia, pues el fallecido había prendido previamente fuego a la caseta donde pernoctaba, en la localidad de Torrella.

La sala de la Sección Primera le considera autor de un delito de lesiones agravadas con un delito de homicidio por imprudencia para el que se ha apreciado la eximente incompleta de legítima defensa y la atenuante de confesión.

La sentencia, dictada después de que un jurado popular emitiera el pasado 1 de marzo veredicto de culpabilidad respecto del principal acusado, le impone además el pago de una indemnización de más de 74.500 euros para cada uno de los dos progenitores de la víctima por los daños y perjuicios morales que sufrieron a consecuencia de los hechos.

De acuerdo con el mismo veredicto -hecho público este miércoles por el TSJCV-, la Audiencia ha absuelto a un segundo procesado, que estaba acusado de un delito de asesinato en grado de tentativa y de otro delito de omisión del deber de socorro.

Rociaron la caseta con gasolina

Los hechos ocurrieron sobre las siete de la mañana del 26 de junio de 2021, cuando la víctima y el ahora absuelto acudieron a la caseta de campo donde pernoctaba el principal acusado, rociaron la puerta principal y una ventana con una garrafa de gasolina y le prendieron fuego.

Ante esta situación, el condenado cogió una lanza que había confeccionado él mismo con una varilla de hierro forjado y un cuchillo de unos 20 centímetros y la introdujo por el hueco de la persiana de la ventana para apartar la garrafa.

Según se recoge en la resolución, el inquilino de la vivienda no sabía, "por la escasa visibilidad existente", que estaba hiriendo mortalmente en el abdomen a uno de los atacantes con la lanza.

Los dos asaltantes emprendieron la huida, pero el que estaba ya herido se quedó rezagado y cayó en un campo de frutales cercano al coche con el que habían llegado al lugar, donde falleció sin que su acompañante le prestara auxilio.

La víctima murió de forma inmediata a consecuencia de una hemorragia provocada por una herida abdominal que le afectó a una vena de extrema importancia.

Por su parte, el condenado logró salir de la caseta por el hueco del barrote de una ventana del pasillo, ya que no podía huir a causa de las llamas por la puerta principal.

Una reacción "desproporcionada y excesiva"

El jurado ha considerado que el acusado actuó movido por "la situación de pánico y terror que sentía por el humo negro que invadía la estancia y el fuego", ante el temor por su vida e impulsado por la "necesidad de defenderse del ataque que estaba sufriendo", aunque su reacción fue "desproporcionada y excesiva".

En cuanto al segundo acusado, que acompañaba al fallecido, la Audiencia le ha exonerado del delito de asesinato en grado de tentativa después de que el jurado declarase probado que desconocía que el hombre de la lanza estuviera dentro de la caseta cuando le prendieron fuego.

Igualmente, se le ha absuelto de la omisión del deber de socorro porque la muerte del otro asaltante fue rápida y casi inmediata y forenses han asegurado que "la ayuda que hubiera sido exigible prestar ya no era necesaria".

Aunque no se haya penado desde un punto de vista penal, el tribunal ha precisado que "no se puede negar que los hechos sean reprobables desde el punto de vista social", todo ello en una sentencia que no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia valenciano.

2024-03-28T17:56:04+01:00
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