El hombre de 31 años, natural de Barcelona, detenido en la noche del martes en el Casco Viejo de Pamplona como autor de un acuchillamiento a otro joven el pasado día 2 de enero en la calle Taconera de la capital navarra actuó "movido por los celos", según refleja el auto de ingreso en prisión decretado por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona. La jueza ha dictado este miércoles por la mañana la prisión provisional comunicada y sin fianza del arrestado "por resultar fundamental para evitar el riesgo de fuga dado que no consta un arraigo suficiente en nuestro país, así como para evitar que pueda atentar contra los bienes jurídicos de la víctima". El encausado se negó a declarar en sede judicial.
Según la resolución a la que ha tenido acceso este periódico, la jueza concluye que en este caso "existen indicios suficientes para atribuir al procesado la comisión de un presunto delito de lesiones graves con instrumento peligroso", después de que atacara a la víctima con un cuchillo y en una zona vital como la región torácica.
La víctima iba acompañado de la expareja del detenido
Expone la magistrada que "a la vista de los datos que constan en el atestado, el encausado se acercó a la víctima y a una mujer con la que el propio procesado había mantenido una relación sentimental con anterioridad". De esta forma, y sin mediar palabra, le cogió del hombre, le puso el cuchillo en el tórax e intentó forzar para que se metiera en los baños públicos que se encuentran en los alrededores de la calle Taconera. La víctima intentó defenderse empujándole al agresor, según refleja la resolución judicial, si bien este le clavó el cuchillo con el que le apuntaba al tórax y el herido tuvo que ser trasladado al Servicio de Urgencias. Allí se observó que presentaba una herida penetrante por arma blanca en el abdomen, habiendo quedado ingresado en observación hasta que ahora ha sido dado de acta.
La resolución recuerda que existe una testigo de los hechos que relató de igual manera lo ocurrido a los agentes de la Policía Municipal que acudieron a tal requerimiento. A la vista de los hechos imputados y de la pena que le pudiera corresponder, así como teniendo en cuenta el modo en que se produce la agresión y el hecho de que al parecer pudiera venir motivada por celos, es procedente acordar la prisión provisional comunicada y sin fianza, razona la jueza.