A la vista de que las negociaciones entre el PSOE y Junts se mantienen en el tiempo y sin visos de alcanzar un rápido final, la Mesa del Congreso ha decidido no pillarles los dedos y –pese a la abstención del PP– habilitar los sábados y domingos hasta el 27 de noviembre por si esos días son necesarios para celebrar sesiones plenarias de investidura, algo que ya ocurrió con Mariano Rajoy en 2016 y con Pedro Sánchez en 2020.
Tras la fallida votación del presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, quedó fijado la fecha tope del 27 de noviembre para intentar nuevas investiduras, conforme a lo establecido en la Constitución. El socialista Pedro Sánchez tiene ahora el encargo de someterse a un nuevo debate de investidura, pero sigue sin haber fecha para su celebración al no estar cerrado el acuerdo con todos los aliados que necesita, y especialmente Junts. En un principio, y tras conocerse ayer que el BNG dará su aprobación a la investidura de Sánchez, todavía restan por clarificarse las posturas de JxCat y del PNV. Sumar, EH Bildu y ERC ya habían dado su beneplácito anteriormente.
En ese contexto, el órgano de gobierno de la Cámara ha decidido habilitar todos los sábados y domingos hasta el 27 de noviembre por si se necesitan esos días para alguna sesión del debate de investidura, ya que el Reglamento habla de Pleno de martes a viernes. En un trámite formal que ya hubo que hacer el 2016 con Mariano Rajoy, que fue investido presidente un sábado gracias a la abstención del PSOE, y en 2020 con Pedro Sánchez, cuya primera votación de investidura fue un domingo víspera del Día de Reyes.
La Mesa del Congreso también ha decidido corregir otra cuestión que generó cierta controversia en la segunda sesión de la votación de la fallida investidura del presidente del PP Alberto Núñez Feijóo. Fue cuando un diputado de Junts votó a favor del aspirante popular y, tras instantes de incertidumbre, este fue contabilizado como un voto nulo. Pues bien, a partir de ahora el error de un voto por llamamiento deberá ser corregido por el diputado inmediatamente antes de que el secretario o la secretaria nombre al siguiente parlamentario para votar, aunque este también podrá solicitar que lo repita en el caso de que no lo haya entendido y no lo pueda ratificar.