El Consejo de Europa quiere que todos los países miembros supriman cualquier obligación de someterse a un tratamiento médico a las personas que quieran que se les reconozca un género diferente del que tienen atribuido y la abolición de la esterilización como requisito en algunos casos.
En un informe temático sobre el reconocimiento legal de género, publicado este jueves, el Consejo de Europa constata los progresos en los últimos años, ya que en 39 de los 46 Estados miembros, el Estado incluido, se contempla el reconocimiento legal de esos cambios.
En nueve países (Bélgica, Dinamarca, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Noruega, Portugal, Suiza, además de en algunas autonomías españolas) el reconocimiento se basa en la mera declaración del interesado.
Por el contrario, Albania, Andorra, Armenia, Azerbaiyán, Hungría, Mónaco, Macedonia del Norte y San Marino no lo permiten.
La obligación de una intervención médica se mantiene en 24 países, incluidas algunas comunidades autónomas españolas, mientras que la esterilización es obligatoria en 13 Estados, la mayoría del este de Europa.
Los autores del estudio constatan que "si bien el apoyo a los derechos de las personas LGTBI, incluido el concepto de reconocimiento legal de género, se está arraigando firmemente en Europa, existen diferencias sustanciales entre los países".
Sobre todo, insisten en que la negativa al reconocimiento legal de la voluntad de cada cual conduce a que algunas personas transgénero, intersexuales y de género diverso tengan documentos oficiales que no coinciden con su identidad de género, lo que "les hace más vulnerables a la discriminación y la violencia".
También muestran su preocupación por el aumento de la oposición a los derechos de las personas transgénero, y consideran que hay un déficit de información pública sobre su situación.
El Consejo de Europa indica que para obtener un cambio de género el requisito del divorcio no es necesario en 19 países, entre ellos España, pero en otros tantos se mantiene.
"Eso -advierte- supone un problema jurídico, ya que significa que están en juego los derechos de una pareja casada legalmente y la pérdida de los derechos adquiridos de los hijos".
Por eso los autores del informe se pronuncian por una revisión de los requisitos para que no afecten a los derechos adquiridos de los cónyuges e hijos.
En el caso de los menores, la recomendación es que los Estados miembros garanticen que el proceso de reconocimiento de un nuevo género "se centre en el principio del interés superior del niño".
El Consejo de Europa propone, por otro lado, que se modifiquen las restricciones de edad, para que los niños tengan asegurado su reconocimiento legal, su salud y su seguridad.