El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de este martes los reales decretos correspondientes a los últimos tres traspasos acordados con Euskadi: servicio ferroviario de Cercanías, homologación y equiparación de títulos universitarios y sistema de acogida de personas migrantes.
Los tres reales decretos aprueban los acuerdos adoptados el pasado 11 de marzo por la Comisión Mixta de Transferencias del Estado con la CAV, que son los primeros de esta legislatura estatal.
El primero de los traspasos es el del servicio de transporte de viajeros por ferrocarril, que incluye los núcleos de Cercanías de Bilbao y Donostia los servicios ferroviarios entre Karrantza y Bilbao, Araia Vitoria/Gasteiz y Vitoria/Gasteiz Manzanos-Ribera Baja.
Una vez se publique el acuerdo en el BOE, se abrirá un plazo de seis meses para que Euskadi se subrogue en el contrato del Estado con Renfe para la prestación de estos servicios.
El traspaso incluye también un compromiso del Estado de inversión en infraestructuras ferroviarias en la CAV por importe de 400 millones de euros en los próximos diez años para modernizar infraestructuras ferroviarias.
Euskadi se convierte así en la primera comunidad que recibe de forma integral estas funciones, que establecen un nuevo modelo descentralizado de gestión de los servicios de transporte por ferrocarril de Cercanías, según el Gobierno español.
Títulos universitarios
El segundo acuerdo de traspaso, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, profundiza en las competencias en educación, completando la transferencia aprobada en 2011 con la homologación y declaración de equivalencia de títulos universitarios, ya que hasta ahora la autonomía podía hacer homologaciones únicamente hasta el nivel de la enseñanza secundaria.
Permanecerán en la Administración General del Estado aspectos como la potestad normativa para regular las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos o la regulación del reconocimiento de estudios universitarios extranjeros.
Finalmente, el Gobierno vasco asume funciones como la prestación de apoyo social, psicológico, jurídico y cultural o el asesoramiento sociolaboral de personas migrantes, a través de un nuevo modelo de distribución de competencias en el sistema de acogida de protección internacional.
Con este modelo, las comunidades autónomas llevarán a cabo actuaciones, prestaciones o servicios en favor de personas beneficiarias de protección internacional temporal.
Este traspaso entrará en vigor el 1 de enero de 2025 y no afecta a funciones que seguirá ejerciendo el Estado como son la tramitación de solicitudes de protección internacional, temporal o apatridia o la determinación de los requisitos básicos de las prestaciones.