El Gobierno español considera que los insectos son un "nuevo" alimento seguro, que no tienen mayor riesgo asociado a la salud que cualquier otro alimento y que permite acometer una transición alimentaria a una dieta más saludable y sostenible con el medio ambiente.
Así lo manifiesta el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria escrita a una pregunta de Vox en esta materia en la que el Ejecutivo responde que tras la entrada en aplicación del Reglamento (UE) 2015/2283, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativo a los nuevos alimentos, la evaluación del riesgo asociada a los insectos, al igual que para todos los nuevos alimentos, la realiza la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Así, señala que la EFSA ya ha opinado sobre los insectos autorizados hasta el momento y considera que "no existen preocupaciones de seguridad derivadas del consumo de estos insectos". Por ello, se han autorizado en toda la Unión Europea con reglamentos de ejecución de la Comisión Europea.
Por tanto, el Gobierno responde a Vox que "no hay motivos" para pensar que existen riesgos asociados al consumo de insectos más allá de los derivados del consumo de cualquier otro alimento (riesgos químicos y microbiológicos).
Asimismo, destaca que los insectos son una fuente de nutrientes muy saludable con alto contenido de grasa, proteínas, vitaminas, fibra y minerales, lo que permite facilitar la transición hacia dietas saludables y más sostenibles con el medioambiente.
Así, por ejemplo, respecto a la quitina, se trata de la principal forma de fibra alimentaria en el nuevo alimento (insecto). Se trata de fibra no soluble, que no supone ningún riesgo para el consumidor.
Por otro lado, destaca que en las evaluaciones del riesgo de la EFSA se valoran estudios toxicológicos, en concreto sobre genotoxicidad y citotoxicidad, no habiendo indicios sobre las afirmaciones que se mencionan para el consumo de insectos.
El Ejecutivo hace hincapié en que la EFSA ha evaluado la seguridad de estos alimentos y los considera "seguros", con la indicación de posible alergenicidad.
No obstante, el etiquetado de los insectos u otros productos alimenticios que los contengan han de cumplir con la norma general de etiquetado, establecida a nivel europeo a través del Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
Además de estas normas generales de etiquetado, los insectos y/o productos alimenticios que los contengan, deberán cumplir con los requisitos específicos de etiquetado que se han establecido en los Reglamentos de Ejecución de la Comisión específicos para cada uno de ellos para su autorización.
En concreto, estos son la denominación del nuevo alimento en la lista de ingredientes con el nombre científico y común de la especie de insecto que se trate; una declaración en la que se indique que "este ingrediente puede causar reacciones alérgicas a los consumidores con alergias conocidas a los crustáceos y moluscos y a sus productos, o a los ácaros del polvo" y que figurará "muy cerca" de la lista de ingredientes.
Finalmente se informa que, de esta forma, las personas consumidoras quedan perfectamente informadas de los ingredientes que contienen los productos alimenticios, así como de las posibles reacciones alérgicas que se pueda derivar de su consumo.