El Gobierno español defiende el requisito del conocimiento del catalán para el acceso a puestos públicos, pero avisa de que este "no puede ser desproporcionado ni injustificado", debe ir acompasado a las características de la tarea a desempeñar y "estar orientado a la garantía de los derechos de la ciudadanía, en particular sus derechos lingüísticos".
Así ha respondido el Ejecutivo a una pregunta planteada por la portavoz parlamentaria de Ciudadanos, Inés Arrimadas, quien se interesó por el caso de Begoña Suárez, una enfermera gaditana del hospital barcelonés Vall d'Hebron que denunció a través de un video que se le exigiera un nivel C1 de catalán para opositar y a la que no se le renovó el contrato.
Arrimadas pidió explicaciones al Gobierno por esta circunstancia, que acabó con el despido de la profesional sanitaria a la que no se renovó el contrato. La dirigente 'naranja' considera que fue un "despido ideológico" del que responsabiliza a la Generalitat y pidió al Gobierno central que apercibiera al Ejecutivo autonómico por el "señalamiento" a la enfermera.
Relación directa con el ciudadano
En su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, Moncloa recuerda que el ordenamiento jurídico reconoce una serie de derechos lingüísticos a la ciudadanía, y "en particular el derecho del uso de las lenguas oficiales en sus relaciones con los poderes públicos, en determinadas condiciones y en el ámbito territorial donde estas están reconocidas".
Para garantizar ese derecho, abunda el Ejecutivo español, es "necesaria la capacitación lingüística de los empleados públicos que desempeñen determinadas funciones" en las con lenguas cooficiales, "y en aquellos puestos donde existan relaciones directas con la ciudadanía que puedan implicar el necesario uso de las lenguas cooficiales reconocidas por el ordenamiento jurídico".
Moncloa recuerda que así lo ha reconocido el Tribunal Constitucional al afirmar que estas comunidades la ciudadanía tiene derecho a dirigirse a las administraciones públicas en las lenguas cooficiales, "en igualdad de condiciones y produciendo sus actos idénticos efectos jurídicos".
Avalado por el TC
Por todo ello, resume el Gobierno central en su respuesta a Arrimadas, "el requerimiento de conocimientos lingüísticos en el acceso a la función pública y en la provisión de puestos de trabajo" en estas comunidades "está justificado en determinados supuestos, siempre con los límites reconocidos en la Constitución Española y en el ordenamiento jurídico".
En concreto, subraya que la doctrina constitucional alude "en particular a los principios de igualdad y no discriminación de los artículos 14 y 23.2 de la Constitución".
"Por tanto, el requerimiento de conocimiento de la lengua no puede ser desproporcionado ni injustificado, sino que debe estar basado a las características y nivel del puesto de que se trate en cada caso, y debe estar orientado a la garantía de los derechos de la ciudadanía en todo caso, y en particular sus derechos lingüísticos", resume el Ejecutivo.