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El Gobierno Vasco aprueba el anteproyecto de la Ley del Sistema de Garantía de Ingresos e Inclusión

Todas las prestaciones sociales quedarán gestionadas por Lanbide.

El aumento de la cuantía de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y la mejora de los requisitos para acceder a ella para las unidades de convivencia más vulnerables, como las que cuentan con menores y con pensionistas entre sus miembros, son las principales novedades del proyecto de ley que regula el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión.

El proyecto ha sido aprobado este martes en la reunión semanal del Consejo de Gobierno vasco, a cuyo término la vicelehendakari segunda y consejera de Trabajo y Empleo, la socialista Idoia Mendia, ha detallado las principales novedades de la futura ley, que busca que el modelo vasco sea "más ágil, más moderno y más claro" partiendo de "30 años de una experiencia de éxito".

Esta convicción se plasma en la exposición de motivos del texto, en la que se subraya que el sistema vasco ha sido capaz de "prevenir y contener" el crecimiento de la pobreza y la desigualdad en Euskadi "sin comprometer la competividad y la capacidad de generación de empleo" y "sin generar un efecto adicional de atracción de la población en situación de necesidad".

En un contexto en el que la tasa de pobreza grave en Euskadi se mantiene por debajo de la de la UE, con un 6,1 % frente a un 7 % en Europa, el proyecto de ley replantea el sistema vasco para incorporar el Ingreso Mínimo Vital, de manera que queda integrado, además de por esta prestación, por la RGI, las Ayudas de Emergencia Social (AES), y los servicios orientados a la inclusión laboral y social, gestionado todo ello por Lanbide.

Todas las prestaciones son compatibles entre sí y tendrán preferencia los trámites dirigidos a que se reconozca y se perciba el IMV y a que la RGI tenga carácter de "subsidiariedad y complementariedad" al computo de la ayuda aprobada por el Gobierno central, pero que ha sido transferida al vasco para su gestión.

Las cuantías a percibir se incrementan en todos los supuestos y pasan de 727 euros para un adulto solo a 737,45 euros, y para dos adultos de 934 a 983,26 euros. Con la actual normativa la RGI es de 1.033 euros para unidades convivenciales de uno o dos adultos y de hasta tres menores, situación que se mejora con la nueva norma en función del número de convivientes hasta un máximo de 1.425,72 eusos a partir de tres menores.

Los pensionistas también verán aumentada la ayuda: un pensionista recibirá 934,1 euros (835 antes); dos adultos de los cuales uno sea pensionista 1.179,91 euros (antes 1.043) y tres adultos de los que uno sea pensionista 1.327,4 (antes 1.127).

Con carácter general podrán optar a la RGI los mayores de 23 años que lleven tres años empadronados un algún municipio vasco, requisitos que varían en función de si las unidades convivenciales tienen el carácter de "excepcionales" recogido como novedad en el proyecto de ley.

Así, se facilita el acceso a las familias con menores, que solo tendrán que acreditar un padrón de dos años. Otro de los colectivos a los que se les flexibiliza este trámite es a las víctimas de terrorismo y a los miembros de las colectividades vascas, a los que les bastará con estar empadronado en Euskadi en el momento de la solicitud.

Los refugiados mayores de edad podrán pedir la prestación también sin acreditar antigüedad en el padrón, al igual que las personas afectadas por violencia de género y doméstica, las víctimas de explotación sexual y quienes hayan estado sujetos al sistema de proyección de menores, de atención socioeducativa e menores infractores o que hayan participado en programas de preparación para la vida independiente.

También verán rebajada la exigencia del empadronamiento los ciudadanos que tengan reconocida una discapacidad del 33 %.

En todos los supuestos la prestación se cobrará al mes siguiente de la solicitud y la cuantía se revisará trimestralmente.

El proyecto de ley recoge la creación de una unidad de inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones de los beneficiarios y establece un procedimiento sancionador, en el que se incorpora la extinción de la prestación y la imposibilidad de acceder de nuevo a ella en un tiempo en los casos de infracciones graves y muy graves.

Las infracciones muy graves recogen supuestos dirigidos a obtener o conservar la RGI o las AES sabiendo que no se reúnen los requisitos para ello y actuar fraudulentamente con el mismo objetivo. En el caso de que los infractores sean menores de edad de entre 16 y 18 años las sanciones podrán sustituirse por prestaciones de interés social.

11/05/2022