El Gobierno vasco interpondrá ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que anula el Decreto 47/2021, del 14 de diciembre, del lehendakari por el que se extendió la exigencia del certificado covid digital para el acceso a determinados lugares y establecimientos.
El pasado 27 de septiembre se conoció la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que anuló el citado decreto, que fue avalado en su día por el alto tribunal vasco, al considerar ahora esta medida no estaba "suficientemente justificada" ni era proporcionada.
Extensión del pasaporte
La autorización inicial del TSJPV, ahora revocada, permitió el requerimiento del pasaporte covid en hospitales, residencias, en toda la hostelería y restauración, salas de conciertos, festivales musicales y otros acontecimientos culturales y artísticos en espacios cerrados, polideportivos y gimnasios, aunque el TSJPV rechazó que esta medida se aplicara en instalaciones deportivas abiertas, como por ejemplo en los estadios de fútbol o frontones.
Según ha recordado el Ejecutivo vasco, la sentencia que declara la nulidad de la extensión del pasaporte covid estima el recurso presentado por un ciudadano particular y admite que la medida recogida en el Decreto no estaba suficientemente justificada y, por tanto, que la afectación a derechos fundamentales era desproporcionada.
Contradicciones en el Tribunal
Los servicios jurídicos centrales del Gobierno vasco destacan que el propio Tribunal avaló la extensión del llamado 'pasaporte covid' implantado por el Ejecutivo vasco. Consideran así llamativo que una medida que se entendió como "justificada y proporcionada" en el momento de su autorización, el mismo Tribunal y sección señale, diez meses después, que no era así y que realmente se trataba de una medida desproporcionada.
Por lo tanto, el Gobierno vasco ve "contradictoria" la decisión del Tribunal y defiende que la medida impulsada en el Decreto resultó ser "idónea, necesaria, justificada y proporcionada".
En su defensa, los servicios jurídicos critican que la resolución judicial se base en un informe obtenido a instancias del demandante y que sirva a la Sala de lo Contencioso-Administrativo para fundamentar su decisión de anular el Decreto.
Cambio de criterio
"Se trata de un documento de dos páginas de la Ponencia de Alertas del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, pero que nunca fue incluido en el orden del día, ni aprobado por la Comisión de Salud Pública de dicho Consejo y sobre el que el Gobierno vasco no ha podido efectuar alegación ni valoración alguna. Resulta sorprendente, por tanto, que el cambio de criterio se sustente sobre dichas bases", señala.
Tras recibir la sentencia, el Gobierno vasco dispone de 30 días para preparar el escrito del recurso, que habrá de presentarse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV.