Polideportivo

El juez de competición da la razón a Astillero en la Liga ETE y no habrá descalificación

La denuncia interpuesta por Zumaia y Zarautz ha quedado desestimada al entender que no hubo mala fe en Astillero al inscribir a 3 remeras como propias sin tener derecho a gozar de esta condición
Astillero en una prueba de la Liga ETE / ETE

El juez único de competición ha decidido dar la razón a Astillero en el caso de impugnación por parte de Zarautz y Zumaia en la Liga ETE. Tal y como ha podido confirmar Imanol Vilella para ONDA VASCA, la denuncia impuesta por Zumaia y Zarautz por un presunto error en 3 de las fichas de las remeras ha quedado desestimada. Estas remeras habrían sido alineadas de forma indebida en 7 ocasiones (Pasaia, San Juan de Luz, Zumaia, Camargo, Portugalete, Sestao y Hernani) al ser inscritas de forma irregular como propias cuando no cumplían los requisitos para gozar de esa categoría. El juez de competición ha resuelto este caso archivando el recurso al entender que en ningún momento ha actuado Astillero de mala fe.

3 remeras mal inscritas

La polémica se desató tras la denuncia de Zarautz y Zumaia al identificar irregularidades en las fichas de tres remeras de la entidad cántabra. A efectos de la competición, las tres deportistas estaban registradas como "propias" a pesar de que, de forma paralela a la licencia federativa con la Sociedad Deportiva de Remo Astillero, habían participado también incluso en campeonatos estatales con otros clubes. Este registro con esta categoría permite beneficiarse del cupo mínimo permitido de remeras propias y canteranas obligatorio, por lo que con su alineación, habrían incurrido en 7 alineaciones indebidas.

Corrección

Desde que a finales de la pasada semana los dos clubes gipuzkoanos presentaran la denuncia, la competición ha recabado ambas versiones de los hechos para tomar un veredicto. En la jornada del lunes se llevó a cabo una corrección de la condición de estas tres remeras en la página web de la competición figurando ahora su estatus de "no propias". Esta corrección indica que es cierto y probado que las tres remeras de Astillero estaban inscritas de manera irregular porque la doble ficha que han tenido durante estos años con otros clubes les privaba de gozar de esa categoría de propias.

Sin mala fe

Una vez analizada la condición de las remeras, la denuncia extensa de Zumaia y Zarautz y las alegaciones de la tripulación cántabra, el juez único de competición ha tomado la decisión de no considerar esto un beneficio para Astillero porque entiende que no hubo mala fe para aprovecharse de esta condición de propias de las tres remeras que sin embargo no lo son. 

Las dos traineras gipuzkoanas solicitaban en su escrito de denuncia la descalificación de la trainera de Astillero en las 7 regatas en las cuales, al contar con estas tres remeras habrían incurrido en una alineación indebida. Desde Zarautz y Zumaia reclamaban que, después de que Astillero compitiera en las regatas antes mencionadas con 4 remeras canteranas y 4 propias y tras ser la condición de propia eliminada de estas remeras, las alineaciones de la San José estuvieron en esas citas compuestas por 4 canteranas y 1 remera propia, algo que va en contra del artículo 33 de las bases de competición, en el que se detalla que las combinaciones válidas son:

  • 7 remeras propias y 3 canteranas
  • 6 remeras propias 4 canteranas
  • 5 remeras canteranas

Resolución

El juez de competición admite la irregularidad de las fichas de estas tres remeras pero también notifica que, "las variaciones establecidas por el órgano competicional de la ARC en los listados de temporada de un club surtirán efectos a partir del momento de su modificación, sin que sea posible anular - salvo mala fe manifiesta - los resultados obtenidos por un club en regatas en las que la composición de las tripulaciones (alineaciones) fuera acorde con el que, en cada momento, sea el listado de temporada de deportistas de un club validado o aprobado por el órgano competicional de la Asociación".

El juez de competición se hace entonces la pregunta de la mala fe. Después de analizar los datos de historial de las remeras, entiende que no existe ningún tipo de interés por alterar, ocultar o falsear "de forma dolosa los datos o informaciones". Además, que el historial de esas remeras en 2023 también fuera erróneo aunque si que estaban consideradas no propias sirve como argumento para entender que la SDR Astillero no lo utilizó con mala fe, por lo que ni recibirá sanción alguna y las alineaciones deberán ser compuestas desde este momento en base a la nueva condición de estas remeras.

13/08/2024