El sindicato LAB detalló ayer en un comunicado que el Ayuntamiento de Pamplona creó en noviembre de 2020 un puesto de libre designación de coordinador jefe de Prevención de Infancia y Familia, con una retribución de 45.000 euros, y nombró en dicho puesto a un persona de su elección. Lo hizo mediante un acuerdo de la Junta de Gobierno Local (que atiende a las siglas JOB), órgano compuesto por el alcalde y varios concejales elegidos por él mismo.
LAB recurrió ambas decisiones ante el Tribunal Administrativo de Navarra, alegando que la creación de dichos puestos de trabajo no puede hacerse por decisión de la JOB sino que corresponde al pleno del Ayuntamiento mediante la aprobación de la modificacón de la Plantilla Orgánica. El recurso fue estimado en su momento por dicho tribunal. Pero el Ayuntamiento interpuso demanda ante el Juzgado Contencioso-administrativo contra la resolución estimatoria del TAN, demanda en la que LAB intervino como demandada.
“Pues bien, ahora el Juzgado ha vuelto a dar la razón a LAB, estableciendo que la creación de los puestos de trabajo se tiene que hacer mediante la aprobación de la modificación de la Plantilla Orgánica, aprobación que corresponde al pleno y no a la JOB. LAB se felicita por la resolución del caso, ya que pone algo de freno a los desmanes del alcalde y sus concejales afines”, explica el sindicato.