El Gobierno español ha dado un paso significativo en la regulación de los alquileres de corta duración con la aprobación de un nuevo real decreto que establece un registro único digital para estas modalidades. Este sistema entrará en vigor el próximo 2 de enero de 2024, aunque su aplicación efectiva comenzará a partir del 1 de julio de 2025, tras un período de transición destinado a que empresas y administraciones se adapten a las nuevas exigencias.
Con la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Estado español se convertirá en el primer país de la Unión Europea en poner en marcha este reglamento europeo, cuyo principal objetivo es combatir el fraude y los alquileres turísticos ilegales. Esta medida busca reforzar el control sobre una actividad que, en muchos casos, escapa de la regulación vigente y genera conflictos en el mercado inmobiliario y en las comunidades locales.
El decreto define claramente qué se entiende por alquiler de corta duración, incluyendo alquileres turísticos, de temporada o de habitaciones. Además, establece un marco normativo para todas las partes involucradas: plataformas digitales, arrendadores y autoridades competentes.
Entre las novedades más destacadas se incluye la creación de una ventanilla única digital, que permitirá la transmisión de datos de forma electrónica entre plataformas y administraciones. Este sistema centralizado facilitará el control de los anuncios y garantizará que los alquileres cumplan con las normativas vigentes.
Obligaciones para plataformas y arrendadores
Las plataformas de alquiler tendrán la obligación de eliminar anuncios en un plazo máximo de 48 horas cuando se detecten irregularidades vinculadas a números de registro suspendidos o retirados; permitir y garantizar que los arrendadores incluyan el número de registro en sus anuncios, asegurándose de que este sea visible; realizar verificaciones periódicas y notificar a las autoridades los resultados negativos; y recoger y transmitir mensualmente los datos de actividad de cada unidad de alquiler.
Por su parte, los arrendadores estarán obligados a obtener un número de registro único para sus viviendas y comunicarlo a las plataformas; mantener actualizada la información sobre el estado y uso del alojamiento, y atender requerimientos de información por parte de las autoridades.
Cada vivienda solo podrá tener un número de registro por categoría y tipo de arrendamiento, cuya asignación estará gestionada por el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles.
Aunque el decreto aún no incluye un régimen sancionador específico, se aplicarán las normativas estatales, autonómicas y locales existentes hasta que se desarrollen sanciones específicas. Este enfoque garantiza un control inmediato mientras se avanza en una regulación más detallada.