La Corte de Apelaciones de Reino Unido estudia hoy lunes a partir de las 15.00 (hora peninsular española) si autoriza a Juan Carlos I a recurrir la decisión del juez británico Matthew Nicklin de no reconocerle la inmunidad diplomática frente a la demanda presentada por su examiga íntima Corinna Larsen por acoso, lo que permitió que esta siguiera su curso. En contraposición a lo que ocurre con la Justicia española, donde la figura del rey emérito parece gozar de un halo de protección, al menos en cuanto al archivo de los problemas del Borbón con la Hacienda, todo indica que Nicklin no reconocerá la inmunidad diplomática del padre del rey Felipe VI.
El Reino Unido no estimará el recurso de Juan Carlos I por una clara razón: al menos dos de los hechos que denuncia Larsen son posteriores a la abdicación, por lo que el Borbón no gozaría de inmunidad en ese momento y se podría dirigir procedimiento en su contra. Por lo tanto, el rey emérito podrá alegar lo que estime oportuno para su defensa, pero deberá de echar mano de algún otro argumento para forzar el recurso. De hecho, varios de los hechos denunciados por la amiga íntima de Juan Carlos I -allanamiento de morada, y pirateo de teléfonos y ordenadores-, y que habrían sido ejecutados por el CNI por orden expresa del emérito “no están dentro de la esfera de acción gubernamental o actividad soberana”.
La vista se celebrará finalmente después de que fuese aplazada el 11 de julio. Según informó el propio tribunal, la vista se demoró para que tanto los abogados del rey emérito como los de Larsen expusieran las razones por las que, en su opinión, debe autorizarse o impedirse, respectivamente, que el exjefe de Estado recurra en apelación el auto de Nicklin. Fue el pasado 24 de marzo cuando Nicklin, magistrado del Tribunal Superior de Justicia, determinó que Juan Carlos de Borbón no gozaba de la inmunidad diplomática que le confería la jefatura del Estado porque cuando supuestamente ocurrieron los hechos denunciados por Larsen ya había abdicado. “Solo hay un rey y un jefe de Estado en España y, desde el 19 de junio de 2014, ese es su hijo, el rey Felipe VI”, subrayaba. Para ejemplificar su idea, explicaba que, de hacer caso a los argumentos de la defensa de Juan Carlos I, podría entrar en una joyería de Hatton Garden y robar un anillo de diamantes, sin que tuviera que hacer frente a ningún proceso civil o penal en esta jurisdicción.
¿Inmunidad diplomática?
El juez británico también fijó que el antiguo monarca no podía recurrir su decisión, lo que obligó a los abogados del anterior jefe de Estado a pedir permiso a la Corte de Apelaciones aduciendo que Nicklin ha aplicado un criterio jurídico erróneo para valorar el reconocimiento de la inmunidad diplomática.
Larsen reclama a Juan Carlos I una indemnización -cuyo montante no ha trascendido- por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la “instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección” y por la contratación a “ex diplomáticos y ex funcionarios del Gobierno” para que interviniesen con el fin de “poner fin al acoso” que dice haber recibido por parte de miembros del espionaje español.