“La ley del solo sí es sí no ha rebajado las penas de forma significativa”. Así de contundente se pronunció ayer el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País vasco Iñaki Subijana sobre la polémica norma que en los últimos meses ha provocado que cientos de agresores sexuales hayan visto reducidas sus condenas en todo el Estado.
Y es que el magistrado, más allá de poner el acento en la disminución de penas que ha supuesto, quiso subrayar los beneficios que ha traído esta ley, ya que puso en valor las acciones de carácter “integral” recogidas en la conocida como ley del solo sí es sí.
En una mesa redonda organizada por la Universidad del País Vasco y el TSJPV bajo el título Protección penal de la libertad sexual: La Ley Orgánica 10/2022, el magistrado explicó que “no se puede calificar que esta norma haya construido un escenario de desprotección penal”. Ya que según apuntó en el acto junto a la exvicepresidenta del Tribunal Constitucional y catedrática emérita de Derecho Penal de la UPV/EHU, Adela Asua; y la catedrática de Derecho Penal y criminóloga en la Universidad Pompeu Fabra, Elena Larrauri, “esta norma no ha despenalizado conductas, ni ha rebajado de forma significativa penas”.
Un millar de reducciones
Hasta el momento, en Euskadi se han reducido menos de la mitad de las condenas revisadas tras la entrada en vigor del solo sí es sí. Así lo expuso el presidente del TSJPV, que actualizó los últimos datos hechos públicos por el Consejo General del Poder Judicial y cifró en 144 los procesos de revisión que han llevado a cabo los tribunales vascos.
De ellos, un total de 62 se han resuelto con rebajas de pena y 8 excarcelaciones. En el conjunto del Estado se han producido 1.079 rebajas que han conllevado 109 excarcelaciones. Y es que según hizo hincapié el magistrado, en Euskadi el porcentaje de reducciones especialmente significativas, de reducción de más de dos años, es “muy limitado” y que más bien se mueven en revisiones “que pueden andar por uno o dos años”.
Sin embargo, reconoció que “algo que sí faltó” en la ley es una disposición transitoria que estableciera la forma en que debe aplicarse la retroactividad de la norma penal más favorable, lo que ha generado un “marco de inseguridad jurídica” porque ha provocado diferentes interpretaciones que ahora deberá resolver el Tribunal Supremo.
Así las cosas, tanto el presidente del TSJPV como Larrauri y Asua coincidieron en que “una mayor pena no supone mayor protección” y las dos catedráticas valoraron también el carácter de protección integral que se recoge en la norma.
Por su parte, Subijana puso el foco en garantizar el “derecho a la denuncia” de la mujer desde el “acompañamiento” y la “escucha” para que se pueda enfrentar al escenario judicial y ha afirmado que los poderes públicos “tienen que ser proactivos en la búsqueda de elementos” de prueba que “complementen” su testimonio para evitar que desista,
Así lo refrendó también Larrauri, que afirmó que las víctimas lo que buscan es que las escuchen, que validen su historia, les asesoren y lograr una reparación. Por último, Asua aseguró que la norma “tuvo mucho contraste” con hasta 4-5 versiones y apeló a la reflexión frente a los mensajes “populistas” contra ella.