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Vida y estilo

El Supremo anula la segunda indemnización impuesta a Mediaset por Pasapalabra

Según los magistrados, no cabía reiterar una condena indemnizatoria porque la reparación del daño ya queda cubierta con la indemnización contemplada en la primera condena
Pasapalabra.
Pasapalabra. / EP

El Tribunal Supremo ha anulado la segunda indemnización que se impuso a Mediaset por Pasapalabra, al considerar que la reparación del daño quedó cubierta en el primer pleito que tuvo el grupo de comunicación con ITV Studios.

La Sala de lo Civil el alto tribunal entiende que Mediaset ya reparó el daño con la indemnización que pagó en el primer pleito mantenido por ambas sociedades, relativo a los derechos de propiedad intelectual sobre el formato televisivo y el título del programa.

Indemnización

En el segundo pleito entre ambas sociedades, en que se estudiaba la infracción de la marca Pasapalabra, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante estimó el recurso de ITV y condenó a Mediaset a pagar una indemnización de 8,7 millones de euros más los daños que se siguieran produciendo desde el día 31 de diciembre de 2017 hasta el cese efectivo de la infracción. Pero la Audiencia de Alicante modificó los criterios del cálculo de la indemnización.

ITV recurrió ante el Supremo que ahora rechaza sus argumentos y da la razón a Mediaset, que alegó que la totalidad de los daños por el uso de la denominación Pasapalabra, tanto por la identificación del programa de TV como por el merchandising, ya fueron resarcidos por la sentencia dictada en el primer pleito.

Según los magistrados, en un caso como este, que es similar al primero, no cabía reiterar más tarde una condena indemnizatoria del mismo daño al amparo del derecho de marca, porque la reparación del daño ya queda cubierta con la primera condena.

2024-02-10T11:56:20+01:00
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