El Tribunal Supremo ha avalado que se cuelgue la bandera arcoiris LGTBI en los edificios públicos durante la celebración del Orgullo al entender que no es un "símbolo de significación partidista" ni "propugna ningún tipo de enfrentamiento".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha sentenciado que la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza no incumplieron la ley que regula el uso de las banderas al colgar la arcoiris en el patio interior, en el primer caso, y en el balcón, en el segundo.
Recurso de Abogados Cristianos
La Fundación de Abogados Cristianos recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del Tribunal Supremo de avalar la colocación de la bandera LGTBI en edificios públicos.
Según ha informado, se trata del "paso previo y necesario" para llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha destacado que "este cambio de criterio del Tribunal Supremo es una muestra más de la politización del sistema judicial".
"Esta sentencia es una evidencia de cómo el sanchismo ha acabado con la independencia judicial, ante la pasividad del PP", ha denunciado.