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El Supremo confirma que los bancos no pueden cobrar comisiones por realizar ingresos de efectivo en ventanilla

El tribunal rechaza el recurso de Bankinter contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Araba que ratificaba la nulidad de las comisiones que aplicaba la entidad financiera
Sede de Bankinter en Madrid.
Sede de Bankinter en Madrid.

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso presentado por Bankinter contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Araba que ratificaba la nulidad de las comisiones por ingreso de efectivo en ventanilla, ha informado la organización de consumidores EKA/ACUV.

La sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria, declaró nulas las comisiones por ingreso de efectivo en ventanilla que Bankinter venía aplicando a quienes no eran titulares de una cuenta.

Estas comisiones, que penalizaban los ingresos en efectivo con una cantidad de 2 euros, fueron consideradas abusivas y contrarias a derecho.

Rechaza le recurso de Bankinter

Bankinter decidió recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial y posteriormente ante el Tribunal Supremo.

Sin embargo, recientemente, el Supremo ha rechazado el recurso, argumentando que la entidad bancaria no tiene derecho a réplica, ya que se entiende que es un asunto juzgado con anterioridad y no procede admitir el recurso.

EKA/ACUV ha opinado que la no admisión del recurso confirma la nulidad y el abuso de estas comisiones y refuerza la posición en defensa de los consumidores frente a prácticas abusivas por parte de las entidades financieras.

2024-05-18T08:26:03+02:00
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