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No ha sido ni un desacuerdo con el Gobierno español, ni la intervención del Tribunal Constitucional como intérprete de la legalidad de los traspasos. El Tribunal Supremo, que ya había suspendido de manera cautelar la transferencia mientras estudiaba el fondo del asunto, ha tumbado este viernes en su totalidad que la comunidad autónoma vasca pueda convalidar los títulos de educación superior que se obtienen en el extranjero. La transferencia era vital para superar los atascos administrativos y las colas que se forman en la ventanilla del Estado. Por ello, fuentes de Lehendakaritza han reclamado al Gobierno de Sánchez que actúe, que “realice de manera urgente todos los cambios jurídicos necesarios para revertir esta situación, para que hechos como estos no puedan volver a suceder”, es decir, que realice “modificaciones que impidan que determinados tribunales puedan juzgar ámbitos que no son de su competencia”. El gabinete de Imanol Pradales se refiere así de manera sibilina al Supremo, cuya intervención en este caso ha sido cuestionada por el Gobierno vasco desde el año pasado, y deja la puerta abierta a estudiar un recurso ante el Constitucional. Lehendakaritza denuncia esta “intromisión clara en el ámbito político”, en los acuerdos bilaterales entre ambos gobiernos, y lo denuncia por “inaceptable”. Se ha abierto una compuerta que el Gobierno vasco quiere cerrar cuanto antes. A cal y canto.
El Gobierno de Pedro Sánchez cedió en marzo del año pasado esta competencia al Gobierno vasco, pero el Supremo ha estimado los recursos en contra que habían interpuesto dos colegios profesionales, y lo hace con el argumento de que el Tribunal Constitucional ha atribuido al Estado la competencia para verificar que los títulos universitarios cumplen las condiciones para ser otorgados, de manera que el Supremo deduce que habría que aplicar el mismo criterio para los títulos universitarios que se obtienen en el extranjero.
Sin embargo, esa sentencia del Constitucional en la que se ampara, emitida en respuesta a un conflicto con Catalunya sobre los abogados y procuradores y en un momento en que el tribunal tenía mayoría conservadora, contaba con un voto particular de Juan Antonio Xiol Ríos respaldado por otros cuatro magistrados (entre ellos, la vasca Adela Asua). Recordaban que el artículo 149.1.1 concede al Estado la competencia exclusiva sobre la “regulación” de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los ciudadanos del Estado, pero no concede al Estado competencias de carácter ejecutivo, y esgrimían para ello la sentencia 188/2001. El artículo de la Constitución española que habla de los títulos universitarios, el 149.1.30, habla de la “regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación”, es decir, el Estado fija los requisitos para obtenerlos, pero no dice que el Estado tenga que ser la ventanilla donde se comprueba que una solicitud cumple los requisitos. En la sentencia sobre los procuradores, de una manera no muy categórica, el TC establece por mayoría y con estos votos en contra que no se puede descartar “de manera absoluta” la constitucionalidad de la atribución de competencias ejecutivas al Estado.
El Supremo, sin embargo, ha tumbado toda la transferencia con el argumento de que, si el Constitucional cree que “la actividad administrativa de verificación de las condiciones de expedición de títulos profesionales asociados a enseñanzas universitarias ha de ser competencia exclusiva del Estado”, “por las mismas razones” debe serlo la competencia de “verificar la procedencia de la homologación de títulos universitarios extranjeros, ya que requiere comprobar la enseñanza gracias a la cual se han obtenido”. El tribunal añade que esta decisión no contradice el artículo 16 del Estatuto de Gernika que atribuye a las instituciones vascas la competencia de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, porque excluye la homologación de títulos que corresponde al Estado. Pero lo que dice la Constitución es que al Estado le corresponde regular las condiciones para conceder títulos, no dice que sea su competencia también conceder estos títulos.
El Supremo también niega que suponga contradicción alguna que otras comunidades puedan convalidar títulos pero sin rango universitario, como se contempla en los estatutos de Catalunya y Andalucía o los reales decretos sobre Galicia, Catalunya y la CAV. El tribunal ha estimado los recursos de la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid y el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España contra el real decreto en el que se recogía la transferencia, el 366/2024 de 9 de abril.
El problema
La decisión del Supremo de suspender cautelarmente la convalidación mientras estudiaba el fondo del asunto ya fue criticada el año pasado por el Gobierno vasco, que había pedido al Constitucional que se pronunciara. La decisión fue un auténtico contratiempo para la parte vasca, que quería incorporar al mercado laboral a los vascos que han estudiado fuera y quieren volver, o los profesionales de otros estados. En ese momento, había ya 200 profesionales que habían registrado su solicitud y ahora se habla ya de “miles” de afectados. Lo que sí se matizaba entonces es que quizás no iba a tener un gran impacto en Osakidetza porque, para ejercer la medicina, hace falta acreditar una especialidad (medicina de familia, neurología...), y esa acreditación de especialidades no se ha transferido, sino que continúa siendo competencia del Ministerio.
La sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo, con Pablo Lucas como ponente, ha arrojado un jarro de agua fría a la sintonía política que mantienen ambos gobiernos, que acaban de cerrar otras transferencias como las autorizaciones iniciales de los permisos de trabajo para las personas extranjeras.
Reacción del Gobierno vasco
El Gobierno vasco, que al igual que el Gobierno español tendrá que pagar 2.000 euros en concepto de costas, reaccionó asegurando que la decisión lo ha “defraudado totalmente por su enorme trascendencia política” en la necesidad de profesionales para Euskadi. “Pretende socavar un acuerdo político de carácter bilateral que es fundamental para el desarrollo del autogobierno vasco y para dar respuesta a las necesidades de miles de vascas y vascos”, alerta.
“La anulación del traspaso también interpela al Gobierno español. Desde el Gobierno vasco solicitamos al Gobierno español que realice de manera urgente todos los cambios jurídicos necesarios para revertir esta situación para que hechos como estos no puedan volver a suceder. Unas modificaciones que impidan que determinados tribunales puedan juzgar ámbitos que no son de su competencia. Euskadi tiene reconocidos sus derechos históricos en el ordenamiento jurídico vigente. El Estatuto de Gernika es nuestra norma institucional básica. Debe ser respetado y garantizado en su desarrollo, también desde instancias judiciales que siguen pensando que las personas solo tienen derechos si los gestiona un poder central y en manos de unos pocos”, dicen. Están analizando un recurso ante el TC para defender el autogobierno y el “pacto alcanzado”. El Gobierno español también estudia recurrir.