El Tribunal Supremo (TS) ha acordado mantener la orden de detención que pesa sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont después de que este mismo martes se haya publicado la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Además, ha dictado una batería de providencias, recogidas por Europa Press, en las que da traslado a la Fiscalía y a las defensas para que se pronuncien acerca de la revisión de casos del 'procés' por la ley de amnistía.
Cabe recordar que en el Supremo constan dos procedimientos penales relativos al proceso independentista catalán. En primer lugar, la causa especial 20907/2017, conocida como la causa del 'procés', incluye a Puigdemont y a los exconsejeros catalanes que fueron procesados en rebeldía; y al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y al resto de líderes independentistas que fueron condenados en 2019. Esta causa abarca delitos de desobediencia y malversación.
En segundo lugar, figura el procedimiento penal abierto el pasado febrero por presunto terrorismo contra el propio Puigdemont y el diputado electo de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg en el marco de los disturbios atribuidos a la plataforma independentista 'Tsunami Democràtic'.
Fuentes fiscales precisan a esta agencia de noticias que el Ministerio Público se limitará a responder a lo que le pregunten los tribunales y no hará un informe general sobre la ley de amnistía.
Las mismas fuentes señalan que los fiscales del 'procés' --Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno-- tendrán que informar a la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, antes de contestar a los magistrados de la Sala de lo Penal del TS.
En contra de amnistiar "la malversación"
El criterio de los cuatro fiscales, sin embargo, trascendió el pasado 30 de mayo, tras la reunión que mantuvieron con el jefe del Ministerio Público. Según fuentes conocedoras del encuentro, al término entregaron un documento en el que avisaban de que no están a favor de aplicar la amnistía a Carles Puigdemont en el delito de malversación.
En el texto, los firmantes defendían que el expresidente sí tuvo ánimo de lucro y que afectó a los intereses financieros de la UE. No obstante, los fiscales aseguraron que sí sería posible aplicar la amnistía a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos que se circunscriben al 'procés'.
Según las fuentes consultadas, en caso de discrepancia entre los cuatro fiscales y García Ortiz, éstos podrían invocar el artículo 27 del Estatuto Orgánico y elevar el asunto a la Junta de Fiscales. El fiscal general, sin embargo, tiene el poder de hacer valer su criterio tras escuchar al cónclave, tal y como fija el Estatuto.