Con puntuales correcciones técnicas, la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2019 por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Álava, en la que se condenó por corrupción a Alfredo De Miguel Aguirre, Luis Felipe Ochandiano Credilla y Carlos Aitor Tellería Lambarri.
El tribunal ha estado formado por los magistrados Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Pablo Llarena (ponente).
Auto
Los tres acusados, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del Partido Nacionalista Vasco y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión.
La sentencia explica que para encubrir el cobro de estas comisiones, los acusados constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados. Sociedades que aparentaban no pertenecer a los encausados, pues se constituyeron bajo la titularidad de testaferros.
Delitos
Por todas estas actuaciones, han sido condenados por los delitos de tráfico de influencias, inducción o cooperación a la prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, falsedad documental, asociación ilícita y blanqueo de capitales.
- A Alfredo De Miguel se le han impuesto, además de penas de inhabilitación y multa, un total de 12 años y 4 meses de prisión, con un límite legal de cumplimiento de 9 años.
- A Luis Felipe Ochandiano se le imponen, además de otras penas accesorias, 7 años y 6 meses de prisión, que quedan limitados a 6 años y 9 meses de cumplimiento efectivo.
- Por último, Carlos Aitor Tellería se le condena a un total de 5 años, 1 mes y 15 días de prisión.
Sociedades
El auto sigue explicando que una de estas sociedades, denominada Kataia Consulting SL, se constituyó a nombre de sus respectivas esposas. La Audiencia Provincial de Álava absolvió a Araceli Bajo López (esposa de Carlos Aitor Tellería), por no haberse acreditado que llegara a saber que la empresa estaba vinculada a una actividad ilícita de su esposo.
El Tribunal Supremo confirma la condena que sí se impuso a Ainhoa Bilbao Lasa e Iratxe Gaztelu-Urrutia Sánchez como responsables de los delitos de blanqueo de capitales y de cooperación en la asociación ilícita constituida por sus cónyuges, imponiendo a cada una de ellas penas que suman 1 año y 6 meses de prisión, así como 180.000 euros de multa.
Los tres acusados principales emplearon otras dos sociedades para los mismos fines. En concreto, las sociedades Errexal SL y Ortzi Muga SL.
Estas se constituyeron bajo la titularidad simulada de Josu Azkarraga Montes e Iñaki San Juan Bilbao quienes, desde la gestión societaria, ayudaron en la comisión de los delitos y en la recaudación de los ingresos.
Por ello han sido condenados como cooperadores de los delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, falsedad en documento mercantil y asociación ilícita, imponiéndoles diversas penas que superan los 4 años de prisión para cada uno de ellos.
Condena
La sentencia también condena a los tres políticos por influir en que algunos de los contratos administrativos fueran directamente adjudicados a sus sociedades, logrando así mejores beneficios, particularmente en algunos supuestos en los que lograron que la Administración les abonara unos trabajos que no realizaron nunca.
Contratos administrativos
Así, resultan condenados algunos responsables que, desde posiciones estratégicas para la tramitación de los expedientes, favorecieron a los acusados. En concreto, la sentencia condena Alfonso Carlos Arriola Lacruz (gerente del Parque Tecnológico de Álava ) por su cooperación a la comisión de un delito de prevaricación administrativa, imponiéndole la pena de cuatro años de inhabilitación.