La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de en dos años, de 16 años y 8 meses a 14 años y 8 meses, la pena de prisión impuesta a un hombre por los delitos de detención ilegal, agresión sexual, maltrato y amenazas a su expareja en Navarra, en aplicación de la nueva regulación que resulta más favorable para él.
El acusado fue condenado por el delito de agresión sexual con acceso carnal, castigado con pena de 6 a 12 años de prisión, con la agravante de parentesco, a 9 años y día de prisión, el mínimo de la mitad superior. Con la nueva ley los hechos encajan en un delito de agresión sexual con acceso carnal, agravado, con lo que la pena a imponer se mueve en una horquilla de 7 a 15 años de prisión. La Sala impone el mínimo previsto en la nueva ley de 7 años de prisión, con el apoyo en este caso del Ministerio Fiscal en su informe. La sentencia inicial la impuso la la Sección Segunda de la Audiencia navarra que condenó al hombre por secuestrar, violar, maltratar y amenazar a su expareja sentimental y luego dicha condena fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
"Me han secuestrado", alertó la víctima a un guardia en un control en Castellón
La detención ilegal se produjo entre el 9 y el 10 de noviembre de 2019. El vehículo en el que el acusado, de 33 años, viajaba con la víctima, a la que tenía retenida contra su voluntad, fue interceptado por la Guardia Civil en la carretera N-340 en dirección a Benicarló (Castellón). “Me han secuestrado”, le espetó “en un tono bajo” la mujer, de 43 años, al agente, quien le respondió: “Tranquila, ya lo sabemos”. Según consta en la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el procesado, indemnizará con 16.000 euros a la víctima, a la que no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 26 años.
Según recoge la resolución judicial, el acusado y la denunciante mantuvieron una relación afectiva desde mediados del mes de junio de 2019 hasta el 8 de noviembre del mismo año. Al día siguiente, sobre las 6.40 horas, cuando la mujer iba a coger su vehículo para dirigirse a su trabajo, ubicado en una localidad de la comarca de Pamplona, se encontró con su ex, quien se ofreció a llevarle. Sin embargo, contra su voluntad, la llevó hasta la zona de Quinto Real, y estacionó el vehículo en un paraje aislado en las proximidades del collado de Urkiaga. Allí la obligó “con violencia” a pasar a la parte trasera del coche, donde “de modo violento” llevó a cabo una doble agresión sexual (violación), señala la sentencia. Posteriormente, añade, en dos ocasiones le hizo a la víctima perder el conocimiento tras haberla agarrado con fuerza del cuello.
Esta segunda vez, cuando la denunciante recobró el conocimiento, se encontró con que estaba tumbada en la zona del reposapiés trasero del automóvil, con las manos atadas a la espalda con una muñequera y los pies atados por los cordones de sus zapatillas. Pasaron la noche en el interior del vehículo en esa zona y, a la mañana siguiente, la mujer intentó convencer sin éxito a su expareja para que la llevara a su casa. Hizo caso omiso “a los ruegos” de la mujer y reanudó la conducción en dirección a Tarragona. Durante todo el tiempo en que estuvo retenida, la víctima se sintió atemorizada ante las constantes expresiones y amenazas de muerte que le dirigía el encausado, recoge el texto judicial. A lo largo del 10 de noviembre la mujer recibió varias llamadas de familiares o de su exesposo a las que ella se vio obligada por su excompañero a contestar “en términos de aparente normalidad”. Sobre las 21.20 horas de ese día, gracias a que la Policía Nacional de Pamplona obtuvo el posicionamiento GPS de su teléfono, una patrulla de la Guardia Civil interceptó el vehículo en el que viajaban por la provincia de Castellón. Tras ser detenido, el acusado ha permanecido en prisión provisional desde entonces