El Tribunal Supremo ha dado la razón a las asociaciones de hostelería de Euskadi en su litigio con el Gobierno vasco por el cierre de la hostelería en el invierno de 2020, lo que abre la puerta a pedir indemnizaciones.
En concreto, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en una providencia dictada el pasado 15 de diciembre, no ha admitido el recurso de casación interpuesto por el Gobierno vasco contra la sentencia del Tribunal Superior Vasco que fallaba favor de los hosteleros.
El Supremo considera que el objeto de recurso(el cierre) presenta un marcado carácter casuístico que se aleja de la virtualidad expansiva que persiguen las resoluciones del Supremo.
Contra esta resolución del Tribunal Supremo no cabe recurso, por lo que la sentencia del Superior Vasco que declaraba nulas las disposiciones del Gobierno vasco relacionadas con el cierre de la hostelería en municipios en Zona Roja (más de 500 contagiados por cada 100.000 habitantes), será firme.
Hostelería satisfecha
La resolución judicial dictada por el Supremo supone el quinto revés judicial que cosecha el Gobierno Vasco en su conflicto con el sector hostelero de Euskadi sobre las medidas adoptadas para contener la pandemia.
Para las asociaciones vascas de hostelería, estas decisiones judiciales "evidencian la injusticia cometida contra la hostelería vasca al reconocer, de manera clara, la ausencia de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas contra el sector a lo largo de la crisis sanitaria".
Además, consideran que este respaldo judicial "deberían hacer reflexionar a las instituciones implicadas sobre la capacidad de los integrantes del Comité Técnico del LABI, así como sobre la necesidad de exigir responsabilidades a aquellos componentes del mismo que hoy ocupan cargos de relevancia en el entramado institucional vasco" (el coordinador del LABI era Jonan Fernández, que es ahora secretario general de Transición Social y Agenda 2030).
Un año para reclamar indemnizaciones
Por último, las Asociaciones de Hostelería de Bizkaia animan a sus asociados, y a los hosteleros de Euskadi en general, a que, en el caso de que hubiesen sido sancionados como consecuencia de las decisiones adoptadas por el LABI, exijan la nulidad de dichas sanciones y la devolución de los importes pagados.
Una vez que la sentencia se publique en el Boletín Oficial del País Vasco se iniciará el plazo de un año para que los establecimientos hosteleros afectados económicamente por el cierre de sus locales como consecuencia de las medidas adoptadas en su día por el LABI, y declaradas ahora nulas, puedan interponer reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra la Administración del País Vasco.