El Tribunal Administrativo de Navarra ha anulado la convocatoria del Ayuntamiento de Barañáin para la contratación temporal de trabajadores en el área de Urbanismo (fontanero, electricista y albañil), por ser contraria al ordenamiento jurídico. La resolución estima el recurso de alzada interpuesto por el Comité de Empresa del Consistorio y considera que “la actuación del Ayuntamiento vulnera el derecho constitucional de los ciudadanos a acceder en condición de igualdad a las funciones públicas, al exigir una titulación superior que conlleva como efecto la exclusión de los aspirantes que no poseen esta”.
El Comité de Empresa argumentaba en su recurso que los puestos de la convocatoria se encuentran en la categoría D del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, por lo que no cabía exigir titulaciones propias de nivel C (Bachiller), sino las propias del nivel D; Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente. “Procede que el Ayuntamiento de Barañáin apruebe una nueva convocatoria que dé lugar a una nueva relación de aspirantes con el requisito de la base ajustado al nivel D de los puestos de trabajo que contempla el mismo Ayuntamiento en la plantilla orgánica con idéntica denominación e iguales o semejantes funciones”, cita la resolución del TAN.