Navarra

El TAN anula la prohibición del concierto de Agerraldia en Tudela por ser una decisión "discriminatoria"

En la sentencia se señala que la prohibición atentaba contra "la libertad de expresión" y el "derecho de reunión" y se destaca la "falta de criterio"
Alejandro Toquero, alcalde de Tudela, en una reunión anterior

El Tribunal Administrativo de Navarra ha anulado la prohibición que realizó el alcalde de Tudela, Alejandro Toquero, de un concierto que había organizado el colectivo Agerraldia coincidiendo con la manifestación en contra de la zonificación lingüística que se celebró en Tudela el 22 de octubre de 2022, señalando que es “discriminatorio”y que limita “sin ninguna justificación la celebración de eventos que no patrocina el Ayuntamiento, vulnerando lo señalado por el Tribunal de Justicia de la Union Europea”. A juicio del TAN Toquero vulnera con esta decisión “la libertad de expresión y de creación artística y el derecho de reunión en un lugar de tránsito público, que no requiere autorización previa”.

Toquero contestó 5 días antes del concierto (cuando las peticiones se iniciaron en junio) asegurando que “debido a las innumerables quejas ciudadanas relacionadas con el ruido este Ayuntamiento ha decidido que solo se llevarán a cabo las indispensables, teniendo por tales los organizados o patrocinados por el propio Ayuntamiento”. La denegación llegó el 17 de octubre después de numerosas peticiones y falta de contestaciones de los concejales de Navarra Suma, tal y como se refleja en la sentencia, “los lugares iban cambiando según les decían e incluso proponían al Ayuntamiento un lugar, pero los motivos de la denegación fueron cambiando”. La sentencia constata igualmente la “falta de colaboración” de la entidad a la hora de proponer lugares donde celebrar el concierto así como “la falta de motivación” del Consistorio a la hora de la negativa.

Alejandro Toquero, ante preguntas de la oposición, aseguró en varias ocasiones que tenía un informe de la Policía Local que aconsejaba la no celebración de conciertos en el Casco Antiguo, un informe del que no se habla en la sentencia. Para el TAN dar el visto bueno a la justificación de la negativa “supone la prohibición en todo momento de actos que no sean de su agrado, vulnerando el derecho de la ciudadanía a disfrutar del espacio público”. En este sentido ahonda añadiendo que “se trata de un criterio arbitrario que no obedece a principios dictados por la razón, la lógica ni a las leyes establecidas en cuanto a la equidad y proporcionalidad de las administraciones públicas”.

09/02/2023