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Política

El TC anula el voto delegado de los líderes del procés tras su procesamiento

Invalida varios acuerdos de la Mesa y el pleno del Parlament en 2018 para rechazar la suspensión de Puigdemont, Junqueras, Jordi Sànchez y tres exconsellers, y permitirles delegar su voto en otros compañeros de grupo
Fachada del Tribunal Constitucional (Madrid).
Fachada del Tribunal Constitucional (Madrid).

El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado nulos los acuerdos del Parlament que en 2018 aceptaron el voto delegado como diputados del expresidente catalán Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras, tres exconsellers y el diputado Jordi Sànchez tras ser procesados por rebelión.

Según ha informado el Constitucional, el pleno de este tribunal ha dictado este martes cuatro sentencias en las que, de forma unánime, anula la validez de varios acuerdos de la Mesa y el pleno del Parlament entre septiembre y octubre de 2018 para rechazar la suspensión de esos seis diputados y permitirles delegar su voto en otros compañeros de grupo, una vía que había planteado el magistrado del Tribunal Supremo que instruyó la causa del "procés", Pablo Llarena.

Los grupos de Ciudadanos y del PSC-Units per Avançar impugnaron estos acuerdos parlamentarios, ante lo que ahora el Constitucional les ha dado la razón y los ha anulado.

Llarena comunicó en julio de 2018 a la Mesa del Parlament la suspensión de cargo público de los cinco diputados independentistas que estaban entonces en prisión preventiva -Junqueras, Rull, Turull, Romeva y Sànchez-, así como del expresident Carles Puigdemont, huido de la justicia española, tras haber sido procesados por rebelión.

El juez del Supremo adoptó esta decisión en virtud del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prevé que una vez el procesamiento sea firme y se decrete la prisión provisional por un delito relacionado "con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes", el procesado que ostente un cargo público quedará "automáticamente suspendido" en su ejercicio mientras dure la situación de prisión.

Llarena detalló entonces que la medida de suspensión era automática y dejó al Parlament la posibilidad de que los procesados pudieran ser sustituidos temporalmente por otros integrantes de sus candidaturas, lo que aceptaron los miembros de ERC -no así los de JxCat-, una situación que provocó que el independentismo perdiera la mayoría en la cámara durante meses.

Ante esta situación, la Mesa del Parlament y el pleno de la cámara catalana rechazaron entre septiembre y octubre de 2018 la suspensión de los seis diputados y avalaron que pudieran delegar sus funciones en otro miembro de su grupo parlamentario, argumentado que era una vía que había abierto Llarena.

Sin embargo, el pleno del TC ha declarado finalmente inconstitucionales los acuerdos del pleno y de la Mesa del Parlament que rechazaron la suspensión de sus funciones de estos seis diputados y autorizaron su delegación de voto, así como el desempate de votaciones en comisiones computando a esos diputados como activos.

Además de Puigdemont y Junqueras, los acuerdos impugnados y ahora anulados descartaban suspender de funciones al exconseller de ERC Raül Romeva, así como a los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull, y también al expresidente de la ANC Jordi Sànchez, que eran diputados de JxCat.

La primera de las sentencias, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, admite el recurso de amparo presentado por el grupo parlamentario de Cs en el Parlament y declara la nulidad de un acuerdo del Parlament del 2 de octubre de 2018 que rechazaba la suspensión de funciones de los diputados afectados.

El Tribunal Constitucional considera que el acuerdo del Parlament "no solo desconocía abiertamente la legalidad", sino que afectaba a "la correcta formación de las mayorías en los distintos órganos de la Cámara".

Ello supone, según la sentencia, un "menoscabo" del derecho de los parlamentarios que recurrieron al TC a participar "en condiciones de igualdad" en los órganos parlamentarios y del derecho de participación de los ciudadanos a través de sus representantes.

El TC también ha dado la razón a la impugnación que plantearon los grupos del PSC-Units y Ciudadanos contra los acuerdos de la Mesa del Parlament de septiembre y octubre de 2018 para computar a los seis líderes del procés suspendidos en el sistema de voto ponderado en caso de empate en las comisiones.

Según el TC, la Mesa se "extralimitó" en sus funciones al computar a los seis diputados suspendidos en el voto ponderado.

2022-07-13T15:30:02+02:00
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