El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso del expresident de la Generalitat de Cataluña Artur Mas, condenado a un año y un mes de inhabilitación y a 36.000 euros de multa por desobediencia grave al Constitucional en la consulta del 9N de 2014.
Fuentes jurídicas han adelantado el fallo de la sentencia, cuyo contenido se conocerá en los próximos días, que agota el recorrido judicial de Mas en el Estado español y abre la puerta a que recurra ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Los magistrados respaldan así la sentencia del Supremo que rechazó todos los argumentos del expresident, quien invocó sus derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución.
Alegó que su condena vulneró hasta cinco preceptos constitucionales y que el TSJC erró en la valoración de algunas pruebas, no practicó una serie de diligencias solicitadas en tiempo y forma e incurrió en una serie de contradicciones, argumentos desestimados por el Supremo y también por el Constitucional.
Artur Mas, presidente del Govern en aquella época, fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a dos años de inhabilitación, la pena máxima por desobediencia, al considerar que desobedeció al Tribunal Constitucional, que había declarado ilegal la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.
No obstante, el Tribunal Supremo le rebajó a 13 meses al equipararlo con la condena del exconseller de Presidencia y exdiputado de PDeCAT Francesc Homs, juzgado directamente por el alto tribunal como aforado por su condición de diputado nacional.
Lo mismo ocurrió con la exvicepresidenta Joana Ortega, a la que el Supremo bajó de un año y nueve meses a nueve meses y a la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau de un año y medio a seis meses.
La ejecución de la sentencia de Mas comenzó el 23 de enero de 2019, por lo que su inhabilitación culminó el 23 de febrero de 2020. Desde entonces es libre de volver a la arena política.